Resolución número 442/2024
Legitimación. Falta de legitimación. Interpone el recurso el Presidente de un partido político sin representación en la coorporación. Inadmision
Legitimación. Falta de legitimación. Interpone el recurso el Presidente de un partido político sin representación en la coorporación. Inadmision
Legitimación. Recurso contra adjudicación de contrato basado de acuerdo marco. Inadmisión. Falta de legitimación de la recurrente, que aun estimando sus oretensiones no alcanzaría la posición de adjudicatario.
Solvencias. Acreditación de la solvencia conforme al pliego como lex contractus. Allanamiento. Estimación de recurso contra adjudicación, pues la adjudicataria no cumple la solvencia técnica exigida en pliego. Allanamiento del órgano de contratación.
Criterios de adjudicación. Valoración criterios evaluables mediante criterios sujetos a juicio de valor. Modificación Vs Aclaración.Procede la exclusión al no llegar a la puntuación mínima exigida en el PCAP. No aporta documentación para su valoración y no procede conceder trámite de subsanación pues implicaria modificar la oferta.
Presupuesto base de licitación. Costes salariales. No queda acreditado que el presupuesto base de licitación sea insuficiente de tal forma que impida incumplir las obligaciones sociales o laborales de los trabajadores.
Carácter intelectual del objeto del contrato. Ante un contrato de coordinación de seguridad y salud en el trabajo, ejecutado por ingenieros y arquitectos, debe entenderse incluido en la DA 41 de la LCSP según STSde 18 de julio de 2024
Legitimación. Presupuesto base de licitación. Recurso contra pliegos de concejales de Ayuntamiento contra los plirgos por insuficiente justificación del presupuesto de licitación. Desestimación. Justificación exhaustiva de memoria económica. Cumplimiento del artículo 100.2 de la LCSP.
Legitimación. Lotificación. Presupuesto base de licitación. Recurso contra los pliegos presentado por concejal del Ayuntamiento. Desestimación. La no división en lotes esta justificada en el expediente de contratación. El presupuesto base de licitación cumple las exigencias del artículo 100.2 de la LCSP.
Solvencias. Acreditación de la solvencia conforme al pliego como lex contractus. Solvencia técnica. Los pliegos conforman la ley de contrato por lo que establecida la solvencia técnica en el PCAP habrá que estar a lo allí indicado no pudiendo hacerse interpretaciones restriccivas
Varios. Ofertas integradoras. Recurso contra adjudicación de oferta integradora por considerar que la valoración de la misma no ha sido conforme a los pliegos. Desestimación. De acuerdo con los pliegos el concepto "mejor oferta" se determina solamente con las ofertas económicas, sin considerar el resto de criterios de adjudicación. No hubo impugnación de pliegos. Doctrina pliegos lex contractus.