Resolución 481/2025
Desistimiento. Perdida de objeto.
Desistimiento. Perdida de objeto.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Los documentos, declaraciones etc. que sean valorables deberan constar en la oferta, en caso contrario no podrán ser valorados.
OFERTA ANORMALMENTE BAJA.No procede conceder un nuevo plazo para justificar la viabilidad de una oferta anormalmente baja.
HABILITACIÓN PROFESIONAL.En un contrato donde los servicios a prestar están diferenciados, no es exigible que cada miembro de la UTE cuente con todas las habilitaciones profesionales exigidas en el PCAP. Bastará que cada integrante de la UTE cuente con la habilitación requerida en relación con la parte del contrato que va a ejecutar.
Recurso contra el acuerdo de la mesa proponiendo admitir la oferta incursa en baja temeraria. No acto de tramite cualificado. Inadmision por no se acto susceptible de recurso
Inadmisión. procedimiento de licitación no susceptible de recurso especial en materia de contratación, debido a su cuantía.
Acto no recurrible. Inadmisión. La valoración de las ofertas es un acto de trámite no cualificado que no es susceptible de REMC
Concurso de Proyectos.
CPV. Los trabajos similares cuando no esten descritos en el PCAP, se podran definir por la coincidencia de los tres primeros digitos del CPV designado en el pliego. No obstante esta regla no es automatica y debera considerarse tambien la propia naturaleza del servicio.
Concurso de Proyectos. Clasificación. La cuestión debatida, en los recursos que son objeto de la presente resolución, se centra por tanto, en si una vez estimadas las reclamaciones contra las propuestas que obtuvieron el primer y tercer premio , procede reordenar la adjudicación de los premios según la puntuación obtenida o bien por el contrario, ya no es posible dicha reordenación de los premios.