
Residuos químicos en alimentos
Los alimentos están compuestos por sustancias químicas inocuas y deseables: las proteínas, azúcares, vitaminas,etc. Hay otras sustancias químicas que pueden estar presentes en los alimentos, que no son nutrientes y que pueden tener efectos toxicológicos, generalmente cuando existe una exposición a niveles elevados durante periodos largos de tiempo.
En la Unión Europea hay todo un sistema de evaluación y gestión de riesgo que evita los riesgos para el consumidor derivados de los residuos químicos presentes en los alimentos, tanto por adición intencionada como por posible contaminación.
¿Qué debemos saber sobre los materiales y objetos destinados a ser usados con alimentos?
A diario utilizamos gran variedad de objetos destinados a contactar con alimentos, como por ejemplo utensilios de cocina o envases de conservación. Estos pueden estar compuestos de distintos materiales, como el plástico, la silicona, el vidrio, el acero o la madera, lo que puede generar dudas a la hora de elegir el más adecuado. En este vídeo se explica cómo utilizar diferentes materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos de forma segura, siguiendo unas sencillas recomendaciones.
Materiales en contacto con alimentos
¿Qué son?
Son los materiales y objetos destinados al contacto con alimentos son todos aquellos que estén:
- destinados a entrar en contacto con alimentos,
- ya en contacto con alimentos y estén destinados a tal efecto,
de los que quepa esperar razonablemente que entrarán en contacto con alimentos o que transferirán sus componentes a los alimentos en condiciones normales o previsibles de empleo.
Tipos
Cuando nos referimos a estos materiales hablamos de: adhesivos, cerámica, corcho, caucho, vidrio, resinas de intercambio iónico, metales y aleaciones, papel y cartón, plásticos, tintas de imprenta, celulosa regenerada, siliconas, productos textiles, barnices y revestimientos, ceras, madera y materiales y objetos activos e inteligentes.
¿Cómo se garantiza la seguridad del consumidor?
Sólo se pueden emplear los materiales autorizados para garantizar que sus componentes químicos no "migran" desde el material al alimento.
Por ejemplo, antes de autorizar un material para una lata, hay que comprobar que el ácido de una salsa de tomate no corroerá el envase liberando químicos al alimento.
Así no habrá peligro para la salud del consumidor, ni se alterarán las características "organolépticas" del alimento como el olor o el sabor.
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) emite opiniones científicas sobre diversos materiales que se tienen en cuenta a la hora de elaborar la normativa y para el diseño de programas de vigilancia que consisten en analizar tanto los materiales en contacto como los alimentos para determinar si ha habido migración de compuesto.
¿Puedo llevar mis propios envases a la compra?
Todos los establecimientos de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto adquirido y debidamente higienizados, siendo los consumidores los responsables de su acondicionamiento y limpieza.
Estos recipientes podrán ser rechazados por el comerciante para el servicio si están mnifiestamente sucios o no son adecuados. Para ello, el punto de venta debe informar al consumidor sobre las condiciones de limpieza e idoneidad de los recipientes reutilizables, quedando exentos de la responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar de la utilización de los recipientes aportados por los consumidores.
Asimismo, los comerciantes minoristas con una superficie útil para la exposición y venta al público igual o superior a 300 m2, deben asegurar la disponibilidad de envases reutilizables para el consumidor final, de forma gratuita o a través del cobro de un precio.
Requisitos y normativa
Estos materiales deben ser lo suficientemente inertes como para que sus componentes no tengan un efecto negativo en la salud de los consumidores ni influyan en la calidad de los alimentos tal que:
- no deben representar un peligro para la salud humana,
- provocar modificaciones inaceptables de la composición de los alimentos, o
- provocar alteraciones de las características organolépticas de éstos.
Normativa para cualquier material
- Reglamento 450/2009 de la Comisión, de 29 de mayo de 2009, sobre materiales y objetos activos e inteligentes destinados a entrar en contacto con alimentos.
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Reglamento 2023/2006, de 22 de Diciembre de 2006, de la Comisión, sobre buenas prácticas de fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
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Reglamento 1935/2004, de 27 de Octubre de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se derogan las Directivas 80/590/CEE y 89/109/CEE.
Normativa caucho
- Real Decreto 1184/1994, de 3 de Junio, por el que se establecen las normas básicas relativas a la determinación de N-nitrosaminas y de sustancias capaces de convertirse en N-nitrosaminas (sustancias N-nitrosables) que pueden ceder las tetinas y chupetes de caucho (B.O.E. 06.07.1994).
Normativa celulosa regenerada
- Real Decreto 1413/1994, de 25 de Junio, por el que se aprueban las normas Técnico-Sanitarias sobre los materiales y objetos de película de celulosa regenerada para uso alimentario (B.O.E. 10.08.1994).
Cerámica:
Real Decreto 891/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueban las normas técnico-sanitarias aplicables a los objetos de cerámica para uso alimentario. (B.O.E. 22.07.2006).
Plásticos
Reglamento 1616/2022, de la Comisión de 15 de septiembre de 2022 relativo a los materiales y objetos de plástico reciclado destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se deroga el Reglamento 282/2008.
Reglamento 10/2011 de la Comisión, de 14 de enero de 2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Reglamento 284/2011 de la Comisión, de 22 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones específicas y procedimientos detallados para la importación de artículos plásticos de poliamida y melamina para la cocina originarios o procedentes de la República Popular China y de la Región Administrativa Especial de Hong-Kong, China.
Materiales poliméricos
Real Decreto 847/2011, de 17 de junio,por el que se establece la lista positiva de sustancias permitidas para la fabricación de materiales poliméricos destinados a entrar en contacto con los alimentos.
Derivados Epoxídicos
Reglamento 1895/2005, de 18 de Noviembre de 2005, de la Comisión, relativo a la restricción en el uso de determinados derivados epoxídicos en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios.
Reutilización de envases
Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.