Proveedores
Todos los contratos públicos del Hospital Universitario de Móstoles se publicitan en el área destinada a tal efecto en el del Portal de Contratación de la Comunidad de Madrid.Acceda al Portal de Contratación de la Comunidad de Madrid...>
A continuación, para facilitar los trámites administrativos de los proveedores, se describen las normas generales relativas al alta y modificación de terceros en la bases de datos de la Comunidad de Madrid, las normas de facturación y se explica cómo consultar la situación de facturas y pagos.
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Alta y modificación de Terceros en la base de datos de la Comunidad de Madrid.
El alta en la base de datos de Terceros de la Comunidad de Madrid es imprescindible para cualquier relación acreedora con el Hospital Universitario de Móstoles, pues el pago de las obligaciones económicas se realiza de forma general por transferencia bancaria con cargo al presupuesto de gastos del centro sanitario, desde la Tesorería central de la Comunidad de Madrid.
El alta como tercero es requisito previo para licitar en un expediente de contratación (como licitador), para ser adjudicatario (como futuro acreedor) y para tramitar un pedido de compras.
Para el alta de terceros acreedores, es necesario presentar la siguiente documentación
- Solicitud de alta como terceros firmada por representante, en el formulario destinado para tal fin ( consultar al final de esta página )
- Tarjeta NIF, ó DNI, si es persona física
- Certificado de titularidad bancaria firmado electrónicamente por la entidad financiera
- Datos de contacto: Domicilio social, teléfono, fax, correo electrónico
Lugar de presentación:
- Por internet, a través de la Administración electrónica ante el Registro https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general/guia-administracion-electronica#solicitudes
- Por correo electrónico: geseco.hmtl@salud.madrid.org
- De forma excepcional, presencialmente, en el Servicio de Gestión Económica, de 8 a 15 hora
Se recuerda que de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Aquellos que ejerzan una actividad profesional y se requiera colegiación, cuando actúen en el ejercicio de dicha actividad profesional
- Aquellos que actúen en representación de un interesado que deba obligatoriamente relacionarse con la Administración Pública de manera electrónica.
- Los empleados de las Administraciones Públicas.
Para el alta en NOTE:
- Si está obligado a relacionarse de forma electrónica con la Administración, debe darse de alta en NOTE, para recibir notificaciones, accediendo al siguiente enlace: https://gestiona3.madrid.org/auto_login/acceso.jsf?s=NOTE&ss=PRIVADO&pa…
Modificación de datos de terceros
Modificaciones societarias:
- Entrega de documentación soporte en acta notarial o escritura pública.
- Si es adjudicatario de un contrato deberá enviar solicitud firmada por representante y documentación justificativa al correo electrónico contra.hmtl@salud.madrid.org
- Es imprescindible para tramitar facturas y pagos, la comunicación de estas incidencias (cambios de denominación, cesiones de contratos, fusiones, transmisiones de empresas etc.)
Modificación de datos bancarios:
- Solicitud firmada electrónicamente por el representante reconocido por la Comunidad de Madrid mediante el siguiente formulario (ver al final de esta página)
- Certificado bancario de titularidad de la cuenta firmado electrónicamente por la entidad financiera
- Confirmación de la exactitud de los datos aportados mediante comunicación por correo electrónico oficial de la empresa
- Si es persona física y no dispone de certificado digital, solicitud original firmada y fotocopia de DNI, NIE o pasaporte y certificado bancario.
Lugar de presentación:
- En los mismos indicados para el Alta de terceros, excepto para la modificación de datos bancarios de empresas, que deben tramitarlo por internet, a través del Registro electrónico de la Comunidad de Madrid.
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Formato y lugar de presentación:
Las facturas deberán ser presentadas en formato electrónico, en la plataforma FACe (Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado, al que está adherida la Comunidad de Madrid), según se establece en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre de Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público y Orden HAP 492/2014, de 27 de marzo por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas.
Para acceder a FACe, pinchar en el siguiente enlace: https://face.gob.es/es
El envío de la factura electrónica al punto general de entrada producirá su registro automático en el correspondiente registro electrónico administrativo.
En ningún caso se aceptarán facturas que no hayan sido remitidas a través de FACe o a través del Registro del Hospital. No deben enviarse a correos electrónicos personales.
Excepcionalmente, de conformidad con lo dispuesto en el art. 3 de la citada Ley 25/2013, de 27 de diciembre, la factura en formato papel, que solo es opcional si el importe es inferior a 5.000,00 euros, IVA incluido, deberá ser dirigida al siguiente destinatario:
Hospital Universitario de Móstoles
C/ Dr. Luis Montes, s/n 28935 Móstoles (Madrid)
CIF: Q2877011C
Datos imprescindibles en las facturas:
- NIF del Hospital U. de Móstoles, Q2877011C, como destinatario
- NIF del Proveedor
- Número de factura
- Base imponible
- Tipo e Importe de IVA
- Importe total
- Códigos DIR3: Códigos del "Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3", que deben constar en las facturas para identificar a los órganos competentes en su tramitación.
- Oficina Contable: A13013767
- Órgano Gestor: A13003096
- Unidad Tramitadora: A13013767
- Fecha de factura:
- Las facturas no podrán tener fecha anterior a la recepción del material o prestación del servicio.
- Se establece la obligatoriedad de presentar las facturas en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. (Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo).
Otra información necesaria en las facturas:
- Número de Albarán
- Número de Pedido
- Referencia al número de contrato o procedimiento
- En el caso de facturas de servicios sean o no de tracto sucesivo, indicar periodo de facturación.
- Cuenta Bancaria en la que se debe efectuar el pago.
- Cesión de créditos o Endoso: En este caso, el propietario de una factura (cedente), transfiere el crédito contenido en dicho documento a un tercero (cesionario). De este modo el cesionario/endosatario será quien cobre la factura. En caso de Cesión de Créditos, deberá indicarse el Nombre y NIF del Endosatario, así como la cuenta bancaria de pago en el mismo documento de la factura, no solo enviar comunicación escrita aparte.
Consideraciones a tener en cuenta en relación a las obligaciones reconocidas en factura a favor de un tercero:
Solo generarán obligaciones económicas para el Hospital Universitario de Móstoles los pedidos de cualquier suministro (incluido aparataje), obras y servicios que sean realizadas a través de los servicios peticionarios que a continuación se relacionan:
- Logística
- Servicio Técnico
- Farmacia
En consecuencia, salvo excepciones autorizadas por la Gerencia, solo serán aceptadas como válidas las peticiones que hayan sido efectuadas mediante documento de pedido con su número correspondiente o aceptación del presupuesto en el caso de obras.
Se entiende que el proveedor da su conformidad a las condiciones que figuran en el pedido (precios, referencia, cantidad, plazos, lugar de entrega, etc.) si a la recepción del mismo no ha manifestado discrepancia al servicio peticionario con alguno de sus términos, antes de remitir la mercancía o de prestar el servicio y por lo tanto, antes de facturar.
Las modificaciones de precios deben ser autorizadas previamente por los servicios competentes del Hospital y por la Dirección del mismo.
Si la factura no coincide con el albarán de entrada del pedido correspondiente en importe (margen máximo de 0,50 euros) o cantidades suministradas, el Hospital tendrá que rechazar la factura devolviéndola al proveedor.
Para que la entrega quede debidamente registrada en el sistema de información logística y pueda tramitarse el pago de la factura, todas las mercancías deben entregarse en el Almacén correspondiente (Farmacia o Almacén General), dentro del plazo indicado en el pedido, presentando albarán valorado que incluya impuestos y número de pedido, salvo excepciones autorizadas por la Gerencia.
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Para contactar con el Servicio de Gestión Económica y solicitar información sobre sus facturas pueden hacerlo a través del correo geseco.hmtl@salud.madrid.org o a través de los siguientes teléfonos, en horario de 8 a 15 horas de lunes a viernes:91 664 86 96 / 91 664 86 99/ 91 664 86 85 / 91 664 86 13.
También pueden enviarnos sus peticiones a través de la administración electrónica, presentándolas a través del Registro https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acc…
Desde la plataforma FACe el proveedor puede ver el estado de las facturas electrónicas remitidas al Hospital por esta vía: https://face.gob.es/es, y solicitar la anulación de las mismas.
También a través de la Carpeta Ciudadana (entre las "Gestiones económicas") se puede consultar el estado de tramitación de las facturas que la Comunidad de Madrid tiene pendientes de pago y las pagadas en los últimos 60 días.