Resolución número 108/2023
Desestimación. Alegación insuficiencia presupuestaria. Multa por mala fe.
Desestimación. Alegación insuficiencia presupuestaria. Multa por mala fe.
Se estima el recurso con retroacción de actuaciones al momento en que debió dictarse resolución sobre la confidencialidad de la documentación solicitada por la recurrente en vía de acceso al expediente, resolución que no se dictó, por lo que este Tribunal no puede pronunciarse sobre el fondo del asunto pues el recurrente alega la necesidad de acceso a la documentación técnica a efectos de formular su recurso.
Anulación desistimiento. Interpretación artículo 70 LCSP. Posibilidad de subsanar dando la información al licitador.
El recurrente alega que el licitador clasificado en segundo lugar ha incluido información del sobre 3 en el sobre 2. Se desestima esta pretensión pues la información facilitada no se refiere a la que es objeto de valoración como criterio sujeto a fórmula. El resto de alegaciones versan sobre la extensión del proyecto técnico en relación con los 2 primeros clasificados.
Inadmisión. Falta de legitimación. No hay acto de exclusión. Dificultades PLACE no acreditadas.
Recurso contra exclusión de licitador propuesto como adjudicatario. Desestimación. La oferta económica incumple los pliegos al superar uno de los bienes a suministrar el tipo de licitación fijado como precio unitario.
El recurrente alega que el adjudicatario no tiene inscrito el plan de igualdad. El órgano de contratación y el adjudicatario acreditan que sí está inscrito, circunstancia que es constatada por este Tribunal. Se desestima el recurso.
Vistas las preguntas y reclamaciones efectuadas por los licitadores, que conllevan defectos insubsanables tanto en los pliegos de condiciones como en el anuncio de licitación, el órgano de contratación acuerda el desistimiento del procedimiento.
Vistas las preguntas y reclamaciones expuestas por los licitadores, el órgano de contratación procede a adoptar acuerdo de desistimiento ante la existencia de defectos insubsanables en los pliegos de condiciones y anuncio de licitación, en consecuencia sobreviene la pérdida del objeto del recurso.
Anulación procedimientos por discrepancia en respuestas a consultas y prescripciones técnicas.