Cuestiones Varias

Resolución 494/2025

Número de Resolución: 
494/2025
Fecha: 
Miércoles, 19 Noviembre, 2025

Prescripciones Técnicas. Muestras. el motivo de exclusión de la oferta de la recurrente se centra en la ausencia de inscripción y escudo  exigidos en el pliego en las prendas presentadas como muestra, cuestión que reconoce la recurrente, que entiende que tales inscripciones no eran necesarias, desestimación, los pliegos como ley del contrato

Resolución 499/2025

Número de Resolución: 
499/2025
Fecha: 
Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Los pliegos son la ley del contrato y vinculan tanto a los licitadores como al órgano de contratación, por lo que las proposiciones han de presentarse de acuerdo con lo estipulado en los mismos. El PCAP exige que se indica el número de serie de los pianos ofertados, dato que no aporta la recurrente en su oferta, por lo que procede su exclusión del procedimiento de licitación.

Resolución 141/2026

Número de Resolución: 
141/2026
Fecha: 
Jueves, 19 Marzo, 2026

HABILITACIÓN PROFESIONAL. La documentación aportada por el licitador para acreditar habilitación profesional no es la exigida en pliegos, por lo que se confirma su ezclusión. Pliegos ley del contrato y el antiformalismo no juega ante requisitos de aptitud o respeto de plazos.

Resolución 128/2026

Número de Resolución: 
128/2026
Fecha: 
Jueves, 12 Marzo, 2026

HABILITACIÓN PROFESIONAL.En un contrato donde los servicios a prestar están diferenciados, no es exigible que cada miembro de la UTE cuente con todas las habilitaciones profesionales exigidas en el PCAP. Bastará que cada integrante de la UTE cuente con la habilitación requerida en relación con la parte del contrato que va a ejecutar. 

Resolución 538/2025

Número de Resolución: 
538/2025
Fecha: 
Jueves, 18 Diciembre, 2025

El requerimiento realizado a la recurrente, en trámite de subsanación, para que acreditase que está al corriente en sus obligaciones de pago con la Seguridad Social, no se indicaba que el certificado tenía que ser expedido a una fecha determinada. Procede conceder un nuevo plazo de subsanación en el que se determine con claridad lo que se solicita. 

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