Cuestiones Varias

Resolución número 347/2024

Número de Resolución: 
347/2024
Fecha: 
Jueves, 12 Septiembre, 2024

Pliegos de condiciones. Se recurre la propia exclusión que se estima por haber superado precios unitarios y ser una oferta inconsistente. Se impugna asimismo la admisión de la oferta de otro licitador, se acepta legitimación atendiendo al parámetro de dos licitadores, pero no se acreditan incumplimientos de prescripciones técnicas.

Resolución número 346/2024

Número de Resolución: 
346/2024
Fecha: 
Jueves, 5 Septiembre, 2024

Licitación electrónica. Desestimación de recurso pues no se admite documentación presentada fuera de la plataforma de licitación electrónica, al no acreditarse problemas técnicos. Tampoco puede permitirse subsanación de documentación técnica no presentada que permite verificar cumplimiento requisitos técnicos. No puede aplicarse criterio antiformalista en este caso.

Resolución número 341/2024

Número de Resolución: 
341/2024
Fecha: 
Jueves, 5 Septiembre, 2024

Motivación. Recurso contra la totalidad de la tramitación del expediente de licitación. No se han observado las estipulaciones de la LCSP tanto en el conocimiento de las ofertas, su valoración la motivación de los actos e incluso la resolución de adjudicación que se encuentra llena de errores. Se declara la nulidad del procedimiento

Resolución número 337/2024

Número de Resolución: 
337/2024
Fecha: 
Jueves, 5 Septiembre, 2024

Inadmisión de recurso en contrato de valor estimado igual a 1Inadmisión de recurso en contrato de valor estimado igual a 100.000 euros. Acto no recurrible conforme al artículo 44 LCSP, que exige valor superior a esa cifra. Incompetencia del Tribunal.00.000 euros. Acto no recurrible conforme al artículo 44 LCSP, que exige valor superior a esa cifra. Incompetencia del Tribunal.

Resolución número 328/2024

Número de Resolución: 
328/2024
Fecha: 
Jueves, 29 Agosto, 2024

Modificación de la oferta. Aclaración. Subsanación. Recurso contra adjudicación por haber modificado la oferta el adjudicatario. Indebida concesión de periodo de subsanación. La documentación presentada en subsanación completa la oferta, no es simple subsanación o aclaración de la misma.

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