Resolución número 325/2023
El recurrente pretende la corrección de la calificación obtenida en los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. No procede. Discrecionalidad técnica.
El recurrente pretende la corrección de la calificación obtenida en los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. No procede. Discrecionalidad técnica.
El recurrente pretende la corrección de la calificación obtenida en los criterios sujetos a un juicio de valor. No procede.
Desestimación de recurso contra adjudicación por asociación de empresario. Impugnación indirecta de los pliegos. No se dan las exigencias legales y jurisprudenciales para ello. La oferta de la adjudicataria es correcta en cuanto a la exención del IVA. No se acredita la existencia de prohibición para contratar del adjudicatario. No procede la aplicación del artículo 150.1 dela LCSP.
Inadmisión de recurso por falta de legitimación. Recurso presentado contra la adjudicación del contrato por dos trabajadores de la empresa. Ausencia de interés legítimo.
La oferta de la adjudicataria no cumple las prescripciones técnicas requeridas. El órgano de contratación procede de oficio ante la interposición del recurso a anular la adjudicación y excluir la oferta.
Desestimación de recurso especial por aplicación de la doctrina de cosa juzgada administrativa. Asunto idéntico al resuelto anteriormente por el Tribunal.
Inadmisión de recurso especial por falta de legitimación. El recurso contra la adjudicación lo presenta una empresa que no ha participado en el procedimiento de licitación. Ausencia de interés legítimo.
Estimación. Incumplimiento de prescripciones técnicas. La presunción a favor del cumplimiento se desvirtúa por la declaración del licitador.
Recurso contra la adjudicación del acuerdo marco por incorrecta valoración de un criterio de adjudicación. Desestimación. La valoración ha sido correcta con relación a la documentación presentada por el licitador.
Recurso contra adjudicación del contrato de comedores escolares por puntuación incorrecta de un criterio de adjudicación. Desestimación. La documentación exigida no consta como presentada. No se acredita funcionamiento defectuoso de la aplicación lícita para presentar la documentación.