Adjudicación

Resolución número 202/2025

Número de Resolución: 
202/2025
Fecha: 
Miércoles, 28 Mayo, 2025

CRITERIOS DE DESEMPATE ENTRE OFERTAS. Estimación de recurso contra la adjudicación pues el órgano de contratación no ha aplicado correctamente los criterios de desempate entre ofertas previstos en el pliego, sin que sea necesario acudir al apartado 2 del artículo 147 LCSP.

Resolución número 165/2024

Número de Resolución: 
165/2025
Fecha: 
Miércoles, 30 Abril, 2025

Valoración de las ofertas. Oscuridad en los pliegos. Multa. La recurrente pretende que se aplique la fórmula establecida en los pliegos en una interpretación en la cual la peor oferta, la de la recurrente, se llevaría el máximo de puntos. Pretende aplicar el principio de "lex contractus". El organo de contratación explica claramente la aplicación de la fórmula. El resto de licitadores lo han entendido conforme la interpretación del órgano de contratación. Desestimación y multa por mala fe.

Resolución número 175/2024

Número de Resolución: 
175/2025
Fecha: 
Jueves, 8 Mayo, 2025

Valoración de las ofertas. El recurrente plantea que la oferta del adjudicatario debio ser excluida por exceder del presupuesto base de licitación. Se comprueba que existe un error en el concepto del PBL del recurrente, siendo que la oferta del adjudicatario no se encuentra en la situación denunciada. Desestimación

Resolución número 178/2025

Número de Resolución: 
178/2025
Fecha: 
Jueves, 8 Mayo, 2025

Cumplimiento de prescripciones técnicas y su determinación. El recurrente alega que el producto ofrecido por el adjudicatario no ha presentado una declaración de conformidad que entiende que es obligatoria, independientemente del certificado CE. El pliego no exige la aportación de ninguna declaración de conformidad adicional, exigiendo solo una declaración de cumplimiento del marcado CE, circunstancia que queda acreditada. Desestimación.

Resolución número 197/2025

Número de Resolución: 
197/2025
Fecha: 
Jueves, 22 Mayo, 2025

Discrecionalidd técnica. Licitación electronica. Publicacion en perfil del contratanteValoracion de los criterios de adjudicación según la oferta presentada y los baremos establecidos en los pliegos. Efectos de la publicación con retraso de los distintos actos y documentos que se producen en la tramitación del procedimiento de licitación. Es necesario que se encuentre todo publicado antes o simultaneamente al acuerdo de adjudicacion.

Resolución número 193/2025

Número de Resolución: 
193/2025
Fecha: 
Jueves, 22 Mayo, 2025

Ofertas de los licitadores. Cumplimiento de prescripciones técnicas y su determinación. El recurrente impugna la adjudicación del contrato, basándose en que lo ofertado por el adjudicatario difiere de lo ofertado en una licitación anterior que quedo desierta, cuyo objeto del contrato es el mismo. Los licitadores no están vinculados por las ofertas realizadas en anteriores procedimiento de licitación. 

Resolución número 187/2025

Número de Resolución: 
187/2025
Fecha: 
Miércoles, 14 Mayo, 2025

Solvencia. Adscripción de medios personales. La sustitución de los medios personales a adscribir cuando se trate de solvencia adicional y los méritos de estos profesionales no sean valorados mediante criterio de adjudicación, pueden ser sustituidos siempre que el sustituto cumpla con todos los requisitos en el momento de finalización del plazo de licitación

Resolución número 176/2025

Número de Resolución: 
176/2025
Fecha: 
Jueves, 8 Mayo, 2025

Planes de Igualdad: El recurrente considera que las dos empresas cuya oferta ha sido clasificada en 1 y 2 lugar tienen en plantillas mas de 50 trabajadores, por lo que incurren en prohibicion de contratar al no tener inscrito un plande igualdad. En el expediente figura el ITA de la primera clasificada en el que consta que no rebasa dicha cifra. En tramite de alegaciones la segunda clasificada aporta tambien ITA. Se desestima e impone multa por mala fe y temeridad

Resolución número 174/2025

Número de Resolución: 
174/2025
Fecha: 
Jueves, 8 Mayo, 2025

Ofertas anormalmente bajas. El informe técnico que acepta la viabilidad de la oferta incursa en temeridad está debidamente motivado, no apreciandose error ni arbitrariedad en el mismo, por lo que se encuentra dentro del margen de discreccionalidad técnica que corresponde al órgano de contratación.

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