Adjudicación

Resolución número 384/2025

Número de Resolución: 
384/2025
Fecha: 
Jueves, 18 Septiembre, 2025

La subsanación de la oferta tiene como límite la modificación de la misma. En el presente supuesto la recurrente indica erróneamente la matricula del vehículo ofertado, pues se altera el orden de los dos últimos números de la matrícula. Sin embargo, el resto de datos permanecen inalterados, incluyendo el número de bastidor del vehículo por lo que se evidencia la existencia del tal error, no suponiendo una modificación de la oferta pues el vehículo ofertado es el mismo. Estimación del recurso.

Resolución número 383/2025

Número de Resolución: 
383/2025
Fecha: 
Jueves, 18 Septiembre, 2025

El contrato se divide en cuatro lotes. Cada licitador solo puede ser adjudicatario de un lote. El PCAP establece los criterios que se han de aplicar en los casos de que una empresa obtenga la mejor puntuación en más de un lote. El órgano de contratación ha actuado conforme a lo exigido en el pliego. 

Resolución número 376/2025

Número de Resolución: 
376/2025
Fecha: 
Jueves, 18 Septiembre, 2025

Habilitaciones profesionales. Cumplimiento prescripciones técnicas. Solvencia. La adjudicataria posee la habilitación profesional requerida en los pliegos de condiciones. Pretende valerse de la habilitación de un tercero que no tiene vinculación jurídica con  la empresa para el desarrollo del trabajo. No acredita la solvencia técnica. No cumple prescripciones técnicas.

Resolución número 370/2025

Número de Resolución: 
370/2025
Fecha: 
Jueves, 11 Septiembre, 2025

Modificacion del objeto social fuera del plazo de presentación de ofertas. Acuerdo de la Junta general e inscripción en el registro con anterioridad al cierre del plazo de presentación de ofertas. Fecha de la modificación, la de inscripcion del asiento de presentación. Desestimación 

Resolución número 365/2025

Número de Resolución: 
365/2025
Fecha: 
Jueves, 11 Septiembre, 2025

Acreditacion de la personalidad. ROLECE. El recurrente considera que el firmante de la propuesta no es el apoderado de la empresa. Ademas  ha incumplido la obligacion de comunicar al ROLECE el cambio de apoderamientos. Se destima por aportar poder en vigor, bastanteado por los servicios juridicos de la C.M y no ser obligatoria la inscripcion en el ROLECE para participar en un procedimiento abierto

Resolución número 359/2025

Número de Resolución: 
359/2025
Fecha: 
Jueves, 4 Septiembre, 2025

El fondo del asunto se circunscribe a la impugnación de la puntuación otorgada en el criterio objetivo. Considera que la interpretación que hizo la Mesa de considerar como válidas ambas ofertas, calificando los errores de los licitadores como materiales, vulnera los artículos 145.5 y 146.2 de la LCSP, y los principios de igualdad, transparencia y no discriminación.

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