Resolución número 020/2025
Acto no recurrible. Inadmisión de recurso por dirigirse contra acto no susceptible de recurso: El adjudicatario recurre la comunicación realizada con carácter previo a la formalización en el que le comunican datos de trabajadores afectados por posible subrogación. El acto recurrido no se encuentra entre los previstos en el artículo 44.2 de la LCSP.
