Resolución número 486/2025
Inadmisión al recurrente no licitador. El recurrente no presenta oferta, no existen motivos que impidan su participación.
Inadmisión al recurrente no licitador. El recurrente no presenta oferta, no existen motivos que impidan su participación.
INADMISIÓN EXTEMPORANEA. El pie de recurso del acuerdo de adjudicación indicaba, erronamente, la posibilidad de recurrir en reposicion, o bien directamente ante la jurisdiccion contencioso administrativa o por cualquier otro cauce que convenga al derecho del interesado. Este decide la interposición de un REMC, que es el recurso que corresponde, pero no respeta el plazo de los quince días hábiles.
INADMISIÓN. Reclamación contra exclusión de licitador por vulnerar secreto de las propsiciones. Inadmisión. No existe acto de exlusión por el órgano competente. Se notifica la exclusión sin que exista acto administrativo del órgano competente que la soporte.
INADMISION FALTA DE LEGITIMACION. El recurrente, no licitador pretende impugnar la adjudicación. Ha presentado cinco recursos contra diversos actos a lo largo del procedimiento de adjudiciación en los que ha sido inadmitido por la misma causa en todos ellos, razon por la que se impone multa.
LEGITIMACION DEL TERCER CLASIFICADO. Inadmisión del recurso por estar planteado por el tercer clasificado y no haber motivado contra el segundo, por lo que carece de interés legitimo.
Se recurre un acto de trámite cualificado, acuerdo de la junta de gobierno local por el que se propone la clasificación y requerimiento de documentación. Se inadmite el recurso por no ser un acto susceptible de impugnación mediante recurso especial.
Recurso especial inadmitido. Contrato de suministro bibliográfico. Penalidades contrato público. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid inadmite el recurso especial interpuesto por Cristina Navarro Sanmartín contra los pliegos del contrato de suministro de material bibliográfico para la Biblioteca Municipal de Ciempozuelos 'Almudena Grandes' (expediente 82C/2025).
Inadmisión recurso. Acto no recurrible. Oferta anormalmente baja. El recurso alegaba una interpretación incorrecta del criterio de oferta anormalmente baja en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP). Sin embargo, el Tribunal considera que el acto impugnado (acta de propuesta de adjudicación) no es susceptible de recurso especial según el artículo 44 de la LCSP, por no producir efectos jurídicos definitivos.
Inadmisión . Recurso interpuesto en un procedimiento de adjudicación de Servicios con valor estimado inferior a 100.000 , acto no recurrible (art.º 44 LCSP. “Organización y ejecución de los festejos y eventos taurinos a celebrar con motivo de las Fiestas Patronales del Santísimo Cristo
de la Peña de 2025 en Campo Real"
COSA JUZGADA: El recurrente, ya excluido, formula REMC contra la adjudicacion motivandolo exclusivamente en argumentos propios de su exclusion que se encuentra recurrida ante el TSJ