Inadmisión. Baja Anormal. Acto de trámite no cualificado. Se interpone contra el acuerdo de la mesa de contratación por laque se propone su inadmisión por estimar injustificada su oferta incursa en valores anormales o desproporcionados y acuerda elevar la propuesta de adjudicación al órgano de contratación a esta empresa. la propuesta de adjudicación hecha por la Mesa, no produce indefensión o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos de la recurrente, no le impide continuar en el procedimiento, ni decide directa oindirectamente sobre la adjudicación.A mayor abundamiento, del tenor del citado artículo 44.2 b) de la LCSP para que el acto de admisión de ofertas sea un acto de tramite cualificado susceptible de recurso deberá dictarse el mismo por el órgano competente:
Resolución 152/2026
Resolución 152/2026
Fecha:
26/03/2026
Número de Resolución:
152/2026
Temas:
Número de Expediente:
122/2026
Tipo de Contrato:
Tipo de Resolución:
Acto Recurrido:
Objeto:
Procedencia:
Documento:
