Resolución número 055/2023
Inadmisión. El acto de apertura de plicas de las propuestas ganadoras en un concurso de proyectos no es un acto de trámite cualificado.
Inadmisión. El acto de apertura de plicas de las propuestas ganadoras en un concurso de proyectos no es un acto de trámite cualificado.
Inadmisión por incompetencia del Tribunal, pues la contratación de emergencia no es susceptible de recurso especial (artículo 44.4 LCSP).
Inadmisión. La contratación de emergencia no es susceptible de recurso especial en virtud del artículo 44.4 LCSP, por lo que el Tribunal es incompetente para su resolución.
Inadmisión. El fallo del Jurado de un Concurso de Proyectos no es un acto de trámite cualificado, pues requiere aceptación por parte del órgano de contratación a través de la adjudicación.
Inadmisión recurso por extemporáneo. Presentó solicitud en plazo sin acompañar texto de recurso, que entró en el registro posteriormente fuera de plazo.
Inadmisión por incompetencia del Tribunal, pues la contratación de emergencia no es susceptible de recurso especial, en virtud del artículo 44.4 LCSP.
Inadmisión por incompetencia del Tribunal, pues la contratación de emergencia no es susceptible de recurso especial en virtud del artículo 44.4 LCSP.
Inadmisión por extemporáneo.
Inadmisión. La enajenación de parcelas es un negocio jurídico patrimonial que se regula por su legislación específica y, por tanto, no es un contrato susceptible de recurso especial. Incompetencia del Tribunal para conocer del fondo.
Inadmisión recurso contra propuesta sobre baja de la mesa de contratación.