Resolución número 289/2024
Inadmisión por cuantía.
Inadmisión por cuantía.
Lugar y forma de presentación del Recurso Especial en Materia de Contratación. Inadmisión del recurso por extemporáneo. Se notifica el Acuerdo del órgano de contratación por el que se le excluye del procedimiento de licitación al no quedar acreditada la viabilidad de su oferta incursa en temeridad. En dicho acto se señalan los recursos que procede interponer contra el mismo, indicándose el contencioso-administrativo y el de reposición. Se aprecia un error pues no se indica que es susceptible de impugnación mediante el recurso especial en materia de contratación.
Actos no recurribles. Recurso contra propuesta de adjudicación de contrato de suministro. Inadmisión. Acto no susceptible de recurso especial al ser acto de trámite no cualificado., artículo 44.2 b) LCSP y 55 c).
Actos no recurribles. Actos de trámite no cualificados. Recurso contra la propuesta de adjudicación de contrato. Inadmisión por tratarse de un acto de trámite no cualificado no susceptible de recuro especial.
Valor estimado. Inadmisión al no alcanzar el valor estimado del contrato el umbral establecido en el art. 44.1 de la LCSP
Plazos de interposición del Recurso. Se inadmite recurso extemporáneo formulado sin identificar acto recurrido, que se entiende interpuesto contra admisión de oferta y propuesta de adjudicación de Mesa, que ha sido aceptada por órgano de contratación y notificada con pie de recurso.
Inadmisión por incompetencia del Tribunal. Corresponde su conocimiento al TARCCYL
Incompetencia del Tribunal por razón del territorio. Corresponde el conocimiento de la Resolución al TACRC
Inadmisión por cuantía. Inadmisión de recurso contra adjudicación que no se ha producido en el marco de un contrato de concesión de servicios cuyo valor estimado asciende a 16.800. Acto no recurrible en el marco de contrato no recurrible a través de recurso especial.
Legitimación. Inadmisión de recurso contra pliegos por una asociación profesional por falta de legitimación.