Resolución número 440/2022
Inadmisión. Falta legitimación vecinos impugnación adjudicación. Incompetencia Tribunal: es materia de urbanismo. Acto no recurrible: contrato basado en Acuerdo Marco de obras. Extemporaneidad del recurso.
Inadmisión. Falta legitimación vecinos impugnación adjudicación. Incompetencia Tribunal: es materia de urbanismo. Acto no recurrible: contrato basado en Acuerdo Marco de obras. Extemporaneidad del recurso.
Se excluye al licitador por no quedar acreditada la viabilidad de su oferta. No aplica las tablas salariales del convenio que es de aplicación. Se desestima el recurso.
Recurso que plantea impugnación indirecta de los pliegos una vez adjudicado el contrato. Desestimación. No se dan los requisitos exigidos por el TJUE (sentencia e-Vigilo) ni los exigidos por el TS, que se aprecie nulidad de pleno derecho en el motivo de impugnación.
No ostenta legitimación para interponer recurso contra los pliegos quien pudiendo participar en la licitación, no ha presentado oferta.
El órgano de contratación ha incurrido en determinados errores al determinar la inviabilidad de la oferta sobre unos cálculos basados en IPC o precios de mercado actuales. Si bien existe otra argumentación que no se considera arbitraria ni errónea para entender que la oferta no está justificada, dentro del margen de discrecionalidad del que dispone el órgano de contratación. Motivación reforzada.
Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que la oferta del adjudicatario incursa en presunción de anormalidad no se encuentra justificada. Desestimación. Suficiente justificación por el adjudicatario y motivación suficiente por el órgano de contratación.
Recurso contra desistimiento del órgano de contratación a continuar el procedimiento de licitación. Desestimación. El desistimiento se fundamenta en que el valor estimado del contrato no se ajusta a los precios de mercado, existiendo sobrevaloración. La justificación es conforme a lo previsto en el artículo 152 de la LCSP.
El órgano de contratación requiere al actual recurrente que subsane el Anexo VI. En contestación presenta un Anexo VI idéntico al inicialmente aportado. No procede una segunda subsanación. Desestimación del recurso.
Recurso contra la exclusión del licitador que concurre en compromiso de UTE ya que uno de sus miembros carece de la habilitación profesional exigida. Desestimación. No es admisible la integración de la solvencia de uno de los componentes. El objeto del contrato es una prestación única sin que exista una parte claramente separable del objeto del contrato que pudiera realizar la componente que carece de habilitación.
Recurso contra el desistimiento del órgano de contratación a continuar el procedimiento de licitación. Desestimación. El desistimiento se ajusta a lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP. Error en el cálculo del presupuesto de licitación, existiendo sobrecoste, no siendo ajustado a precios de mercado