Resolución número 171/2022
Las sociedades públicas no están sujetas al derecho administrativo, pudiendo revocar sus actos sin mayor límite que el derecho de terceros y su comunicación para evitar la indefensión.
Las sociedades públicas no están sujetas al derecho administrativo, pudiendo revocar sus actos sin mayor límite que el derecho de terceros y su comunicación para evitar la indefensión.
Inadmisión por extemporáneo. La publicación de los trabajadores subrogables, que no es el objeto del recurso, no habilita un nuevo plazo de subsanación.
Acreditación de la solvencia.
Estimación recurso. Cláusula de arraigo: exigencia de una sucursal en la Comunidad de Madrid, no justificada.
El recurrente pretende que se valoren como méritos los requisitos mínimos exigidos en el PPT. Se desestima el recurso y se impone multa.
Desestimación. Incumplimiento por el licitador de las obligaciones del pliego sobre el servicio de llamadas.
Desestimación recurso contra exclusión por baja desproporcionada no justificada.
Estimación de recurso contra pliegos. Incluye entre los criterios de valoración certificados de calidad. No están relacionados con el objeto del contrato, pudiendo utilizarse como criterio de solvencia, pero no como criterio de adjudicación.
Inadmisión del recurso por extemporáneo.
Se recurren la exclusión del procedimiento de licitación por no justificar la viabilidad de la oferta incursa en presunción de anormalidad. El informe técnico está motivado y se encuentra dentro de la discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación para rechazar la oferta. Desestimación del recurso.