Valoración

Resolución 457/2026

Número de Resolución: 
457/2026
Fecha: 
Jueves, 10 Septiembre, 2026

El Tribunal concluye que el PCAP exigía que el Encargado propuesto cumpliera todos los requisitos mínimos del apartado 5.2.1 para poder valorar la formación adicional del criterio 8.A).2.2. El certificado aportado por la recurrente acreditaba un curso de 50 horas obtenido en 2013, incumpliendo la exigencia de 60 horas o la excepción temporal prevista. La asignación de cero puntos no constituye una penalización, sino la consecuencia directa de no cumplir el requisito previo establecido en el pliego.

Resolución 456/2026

Número de Resolución: 
456/2026
Fecha: 
Jueves, 10 Septiembre, 2026

Se recurre la valoración dada en el informe técnico a la recurrente en los Criterios sometidos a juicios de valor. No  alcanza el mínimo de 22 puntos, necesarios para continuar en la siguiente fase del procedimiento de adjudicación, por lo que se acuerda no abrir el contenido del archivo nº 3 de esta entidad, correspondiente a los criterios cuantificables automáticamente. No evidencia que la apreciación técnica sobre su grado de desarrollo sea manifiestamente errónea, arbitraria o contraria al PCAP. Desestimación.

Resolución 451/2026

Número de Resolución: 
451/2026
Fecha: 
Jueves, 10 Septiembre, 2026

VALORACIÓN OFERTAS. El Tribunal concluye que la Mesa aplicó correctamente la fórmula prevista en el PCAP para valorar las bajas ofertadas. La posible falta de precisión del criterio no permite sustituirlo por la interpretación propuesta por la recurrente. Considera que la empresa conocía la supuesta ambigüedad antes de presentar oferta y no impugnó los pliegos en plazo. La valoración respeta los términos del PCAP y no procede anular la licitación, por lo que desestima el recurso.

Resolución 430/2026

Número de Resolución: 
430/2026
Fecha: 
Jueves, 3 Septiembre, 2026

LICITACION ELECTRONICA. Ante una incidencia técnica, los licitadores presentaron varias veces su oferta. La mesa de contratación requirio a cada uno de ellos para que determinaran cual era el registro correcto. Determinado por la recurrente, se comprobo que la oferta economica no habia incluido el precio unitario de cada uno de los artículos. No siendo posible subsanar la oferta economica se exccluye de la licitación. 

Resolución 156/2026

Número de Resolución: 
156/2026
Fecha: 
Jueves, 9 Abril, 2026

Inadmisión.  Acto de trámite no cualificado. Se interpone contra el acuerdo de la mesa de contratación por la que se rechazan las ofertas presentadas que se encontraban, incursas en presunción de anormalidad; se valoran los criterios sujetos a fórmulas o porcentajes y se realiza la propuesta de adjudicación. la propuesta de adjudicación hecha por la Mesa, no produce indefensión o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos de la recurrente, no le impide continuar en el procedimiento, ni decide directa o indirectamente sobre la adjudicación.

Resolución 411/2026

Número de Resolución: 
411/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

Organizacion de festejos taurinos.No existe arraigo territorial cuando se valora un lugar de estancia temporal accesible a cualquier operador y no el origen geográfico del licitador.La no división en lotes es válida cuando está suficientemente motivada en el expediente.Los criterios de adjudicación pueden valorar la calidad y trayectoria de los bienes o servicios ofertados, siempre que estén vinculados al objeto del contrato y no a la solvencia o experiencia del licitador. Desestimacion 

Resolución 443/2026

Número de Resolución: 
443/2026
Fecha: 
Jueves, 3 Septiembre, 2026

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD: En el seno de un contrato especifico de un SDA, la oferta economica debia enunciarse por precios unitarios y con do decimales. El recurrente presenta su oferta con tres decimales, Es el unico licitador. El organo de aistencia del IAM redondea los importes consignados a dos decimales, provocando un desfase de 0,04 euros, sobre el tipo maximo de licitacion, rechazando la oferta.

Resolución 434/2026

Número de Resolución: 
434/2026
Fecha: 
Jueves, 3 Septiembre, 2026

La controversia se en determinar si SECUR incumplió requisitos mínimos de adscripción de medios o simplemente no acreditó determinadas mejoras valorables. Concluye que los medios mínimos exigidos en el PPT son distintos de las cualificaciones adicionales puntuables como mejoras. La falta de acreditación de estas mejoras no justificaba considerar retirada la oferta conforme al artículo 150.2 LCSP, sino únicamente descontar la puntuación asociada. 

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