Resolución número 324/2024
Allanamiento. Recurso contra adjudicación por incumplimiento de prescripciones técnicas. Allanamiento órgano de contratación. Doctrina de la discrecionalidad técnica. Estimación del recurso.
Allanamiento. Recurso contra adjudicación por incumplimiento de prescripciones técnicas. Allanamiento órgano de contratación. Doctrina de la discrecionalidad técnica. Estimación del recurso.
Antiformalismo. No habiendo sido valorados dos criterios de adjudicación por no constar declarados cuando constan en anexo a los pliegos de condiciones, se estima el recursos en base a la antiformalidad.
Legitimación. Inadmisión de recurso por falta de legitimación de la recurrente que fue excluida de la licitación habiendo alcanzado firmeza la resolución del Tribunal.
Criterios de adjudicación. Recurso contra adjudicación de contrato por valoración arbitraria de los criterios sujetos a juicio de valor. Estimación. Decisión previa de no adjudicación al actual adjudicatario. Valoración incursa en arbitrariedad.
Declaraciones responsables DEUC. El PCAP exige una declaración especifica sobre la subcontratación de parte del servicio objeto del recurso y sobre la subcontratación del uso de servidores para el tratamiento de datos personales. El recurrente no cumple con la declaración y la presenta incompleta en el segundo aspecto
Valor estimado. Inadmisión al no alcanzar el valor estimado del contrato el umbral establecido en el art. 44.1 de la LCSP
Valoración de la oferta. El PCAP plantea un mínimo de puntuación en los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor para proseguir en la licitación. No alcanzado por el recurrente pretende puntuar todas las ofertas bajo su criterio. Discrecionalidad técnica. Veracidad de los informes
Criterios de adjudicación. Se impugna la puntuación de la adjudicataria en los criterios valorables mediante fórmulas. Es una cuestión con un alto contenido técnico. No se aprecia error ni arbitrariedad por lo que prima la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos. Se desestima el recurso.
Criterios de adjudicación. Acuerdo Marco. Contrato basado. El recurrente considera que no puede admitirse un almacén de gases medicinales que no fue aportado en la licitación del acuerdo marco. El criterio de valoración objeto de recurso no fue utilizado en la licitación del acuerdo marco, solo en el contrato basado objeto de recurso, por lo que en ese momento no se pudo valorar por no ser objeto de valoración. Se desestima.
Solvencia. Adscripción de medios. La sustitución de los medios personales adscritos a la ejecución del contrato, aunque sean criterio de adjudicación, es admisible siempre que la sustitución no suponga una modificación de la oferta por lo que para que sea admisible es preciso que tanto el sustituido como el sustituto tengan una cualificación que implique la misma valoración de los dos perfiles.