Resolución número 336/2025
Inadmisión por interposición de recurso contra acto no cualificado. Acta de valoración de ofertas.
Inadmisión por interposición de recurso contra acto no cualificado. Acta de valoración de ofertas.
Allanamiento parcial del órgano de contratación que supone una nueva valoración de los criterios sujetos a jucio de valor. Anulación del procedimiento al estar abierto el sobre de criterios automáticos y oferta económica. Estimación
Prohibición de contratar. Plan de Igualdad. Self cleaning. Doble proposición. Empresas de grupo. Carga de la prueba. Acuerdo Marco. Valoración de las ofertas. Estimación parcial. El recurrente recurre la adjudicación del Acuerdo Marco por no cumplir con requisitos del Artº 71.1d) LCSP , lo cual se estima para una de las empresas . 2º motivo Presentación de distintas ofertas por empresas vinculadas (actuación colusoria). El Tribunal concluye que no se acreditan prácticas colusorias y no está prohibida la presentación de ofertas por empresas de un mismo grupo.
Inadmisión. Refiere irregularidad en la Valoración técnica de su oferta debido a la aplicación restrictiva y contraria al Pliego de Prescripciones Técnicas. Se recurre el acuerdo de la Mesa de Contratación de propuesta de adjudicación pero no la adjudicación definitiva por parte del órgano de contratación, que si será susceptible de recurso especial.
Inadmisión. Se recurre un acto de trámite no cualificado al amparo del artículo 44.2.b) de la LCSP, ya que el acto recurrido es el acuerdo de la Mesa de Contratación de propuesta de adjudicación pero no la adjudicación definitiva por parte del órgano de contratación, que si será susceptible de recurso especial.
El acto impugnado no existe. A mayor abundamiento, el fondo del asunto versa sobre la valoración de las ofertas que no es susceptible de impugnación en este momento procedimental por no ser un acto de trámite cualificado.
Valoración de criterios dependientes de un juicio de valor . el Recurrente considera que se ha producido una importante infravaloración de su propuesta presentada en varios criterios objetivos, lo cual afecta directamente a la correcta adjudicación conforme al principio de mejor relación calidad-precio. Cuestiones eminentemente técnicas para cuyo enjuiciamiento se requiere unos conocimientos especializados. Presunción de acierto y veracidad del informe técnico (se aplica doctrina diversas resoluciones Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo). Desestimación.
PLIEGOS DE CONDICIONES. Recurso contra pliegos. Estimación. Cómputo indebido de los tres años anteriores para la acreditación de la solvencia técnica. Cláusulas confusas. Incorrecta inclusión de la experiencia de la empresa como criterio de adjudicación, ya que esto afecta a la solvencia de la empresa, no se refiere a experiencia del personal adscrito al contrato que si sería admisible.
VALORACIÓN DE LA OFERTA. Reclamación contra adjudicación del contrato por incorrecta aplicación de la fórmula prevista en pliegos para valorar un criterio de adjudicación. Estimación. La valoración se ha realizo incorrectamente. Pliegos ley del contrato.
PLIEGO DE CONDICIONES. Recurso contra la adjudicación de contrato por considerar que las ofertas han sido valoradas indebidamente. Desestimación. Existe discrepancia en la documentación a presentar para acreditar un criterio de valoración sujeto a cifras o porcentajes entre el PCAP y PPT. Aplicación del principio jurisprudencial de la especialidad. En este caso debe primar el contenido del PCAP.