Resolución número 164/2023
Recurso contra pliegos. Estimación. La mejora valorable no cumple las exigencias del artículo 145.7 de la LCSP. Ausencia de concreción y límites.
Recurso contra pliegos. Estimación. La mejora valorable no cumple las exigencias del artículo 145.7 de la LCSP. Ausencia de concreción y límites.
Inadmisión recurso contra adjudicación de contrato de obras por cuantía inferior a 3.000.000 de euros.
Se impugna la no valoración de dos criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. No consta en el proyecto técnico que se ofertase esos criterios. El licitador los incluye en los criterios sujetos a fórmulas. No es posible, una vez abierto el sobre que contiene la oferta económica y los criterios sujetos a fórmulas, modificarse el informe técnico pues la imparcialidad se vería truncada. Se desestima el recurso.
Desestimación. La comprobación del ajuste a pliegos de la documentación técnica exigida para valorar criterios automáticos no supone la introducción de juicio de valor. No se aprecia oscuridad en cláusula que fija parámetros anormales en las ofertas por el hecho de depender del número de ofertas presentadas. No se aprecia error en el rechazo de la justificación de la baja temeraria.
Inadmisión de recurso contra la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación. Acto de trámite no cualificado no susceptible de recurso especial.
El órgano de contratación no ha cumplido, en sus estrictos términos, la resolución anterior del Tribunal, procediendo a efectuar una nueva valoración y vulnerando con ello la prohibición de la "reformatio in peius". Estimación con retroacción de actuaciones a efectos de cumplimiento de resolución anterior.
Desestimación. Denegación acceso expediente. Discrecionalidad valoración.
La propuesta económica se ha formulado en otra unidad de medida, no obstante, permite igualar de forma directa y por la mesa de contratación esta con el resto. Efectuadas las operaciones aritméticas a dos decimales se produce un número periódico puro que al efectuar las comprobaciones a la inversa va perdiendo dos unidades en 300 tomas. La mesa considera que la oferta se ha modificado. La modificación responde únicamente a la existencia de un número periódico puro a dos decimales y su aplicación matemática.
Desestimación de recurso que pretende la corrección de la puntuación de la primera clasificada basada en razones inexistentes y ya resueltas en la fase de información a los interesados.
Estimación parcial del recurso. Los pliegos exigen unos certificados para acreditar el cumplimiento de las prescripciones técnicas, sin embargo, no consta en el expediente qué prescripciones técnicas se quieren acreditar con esos certificados.