Baja temeraria

Resolución 181/2026

Número de Resolución: 
181/2026
Fecha: 
Jueves, 9 Abril, 2026

OFERTAS ANORMALES: El órgano de contratación inadmite una oferta sin la tramitacion del procedimiento recogido en el art. 149 LCSP, por sobrepasar la baja de la oferta economica el 25% del PBL, basándose en que asi figura en el PCAP.  En realidad el PCAP recoge en su cláusula 13 los requisitos exigidos para considerar una oferta anormal y que los refiere a eses porcentaje señalado y que se recoge en el apartado f del Anexo I al PCAP. Se estima el recurso anulando la adjudicación y retrotratendo actuaciones a fin de tramitar el procedimiento establecido en el art. 149

Resolución 409/2026

Número de Resolución: 
409/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

Oferta incursa en presuncion de anormalidad.Cuando el órgano de contratación motiva razonablemente la insuficiencia de esa justificación, prevalece su discrecionalidad técnica. No basta con alegar medios propios, experiencia, maquinaria amortizada o acuerdos con proveedores para justificar una oferta anormalmente baja; es necesario acreditar documental y económicamente cada ahorro relevante y demostrar de forma concreta que el contrato puede ejecutarse correctamente al precio ofertado. Desestimacion.

Resolución 405/2026

Número de Resolución: 
405/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

Oferta anormalmente baja puede ser excluida cuando el licitador no acredita documentalmente la realidad de los costes y ahorros alegados, sin que sea suficiente invocar solvencia empresarial, pertenencia a un grupo o ventajas competitivas genéricas. La justificación debe ser completa, verificable y presentarse en el momento procedimental correspondiente. Desestimacion 

Resolución 404/2026

Número de Resolución: 
404/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. Corresponde a la licitadora, cuya oferta presenta valores anormalmente bajos, acreditar la viabilidad de la oferta presentando de forma desglosada y justificada los costes que conforman dicha oferta. El informe técnico que concluye que dicha oferta no es viable se encuentra debidamente motivado, no apreciandose error grave o  manifiesto, por lo que se encuentra dentro de los límites de la discreccionalidad técnica del órgano de contratación.

Resolución 402/2026

Número de Resolución: 
402/2026
Fecha: 
Jueves, 30 Julio, 2026

Oferta anormalmente baja puede ser excluida cuando el licitador no acredita documentalmente la realidad de los costes y ahorros alegados, sin que sea suficiente invocar solvencia empresarial, pertenencia a un grupo o ventajas competitivas genéricas. La justificación debe ser completa, verificable y presentarse en el momento procedimental correspondiente. Desestimacion 

Resolución 385/2026

Número de Resolución: 
385/2026
Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2026

Oferta anormalmente baja puede ser excluida cuando el licitador no acredita documentalmente la realidad de los costes y ahorros alegados, sin que sea suficiente invocar solvencia empresarial, pertenencia a un grupo o ventajas competitivas genéricas. La justificación debe ser completa, verificable y presentarse en el momento procedimental correspondiente. Desestimacion 

Resolución 383/2026

Número de Resolución: 
383/2026
Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2026

OFERTA ANORMALMENTE BAJA. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 149 de la LCSP y en los pliegos de la presente licitación,  la admisión o rechazo de una oferta anormalmente baja requeriere la emisión de un informe técnico que valore la justificación presentada por el licitador para acreditar la viabilidad de su oferta. 

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