Baja temeraria

Resolución número 280/2025

Número de Resolución: 
280/2025
Fecha: 
Jueves, 10 Julio, 2025

Motivación de los informes. Baja anormal. Se recurre que se ha excluido de la licitación por no haber justificado adecuadamente la baja anormal sin que el informe esté motivado.  El Tribunal, concluye después del análisis del caso que en definitiva, la motivación del informe que sirve de base para la exclusión de la oferta de la recurrente, es claramente insuficiente, por lo que procede la estimación del recurso, anulándose la exclusión de la recurrente.

Resolución número 275/2025

Número de Resolución: 
275/2025
Fecha: 
Jueves, 3 Julio, 2025

Inadmisión. El recurso se ha interpuesto contra la propuesta implícita de rechazo de la oferta, efectuada por la Mesa de contratación, que, al asumir el informe técnico emitido, considera que no se ha justificado la viabilidad de la oferta incursa en un supuesto de baja desproporcionada. Ni el Acuerdo de la Mesa ni evidentemente el informe en sí, son ninguno de los actos recurribles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.2 b) de la LCSP.

Resolución número 268/2025

Número de Resolución: 
268/2025
Fecha: 
Jueves, 3 Julio, 2025

Inadmisión. Actos no recurribles. El recurso se ha interpuesto contra la propuesta de rechazo de la oferta, efectuada por la Mesa de contratación, que, al asumir el informe técnico emitido, considera que no se ha justificado la viabilidad de la oferta incursa en un supuesto de baja desproporcionada. Ni el acuerdo de la mesa, ni evidentemente el informe en sí, son ninguno de los actos recurribles, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.2 b) de la LCSP.

Resolución número 265/2025

Número de Resolución: 
265/2025
Fecha: 
Viernes, 27 Junio, 2025

Ofertas anormales. Motivación de la admisión. La mesa de contratacion se opone al informe técnico realizado y admite las ofertas de dos licitadores. En cumplimiento de una anterior Resolución del Tribunal motiva de forma exhaustiva la viabilidad de las ofertas.

Resolución número 273/2025

Número de Resolución: 
273/2025
Fecha: 
Jueves, 3 Julio, 2025

El recurrente alega que el informe técnico, que valora la justificación presentada por la adjudicataria para acreditar la viabilidad  de su oferta aceptando la misma, incurre en errores. Sin embargo, el informe técnico técnico se encuentra debidamente motivado y no se aprecia los errores alegados, ni arbitrariedad, por lo que la decisión adoptada por el órgano de contratación se encuentra dentro del margen de la discrecionalidad técnica.

Resolución número 243/2025

Número de Resolución: 
243/2025
Fecha: 
Jueves, 19 Junio, 2025

Ofertas anormales. Baja anormal. Motivación. Se discute la motivación de la exclusión de la oferta una vez justificada su viabilidad. La motivación aun somera recoge la circunstancia principal de la no aceptación de la viabilidad, cual es el incumplimiento del PPT en una prestación que supone el 47% del PBL, Especial tratamiento de la motivación de los actos.

Resolución número 220/2025

Número de Resolución: 
220/2025
Fecha: 
Miércoles, 4 Junio, 2025

Baja anormal.La propuesta de la mesa de contratación de excluir la oferta de un licitador, que es anormalmente baja, no es un acto de trámite cualificado, correspondiendo al órgano de contratación aceptar esa propuesta o no, de conformidad con el artículo 149.6. de LCSP.

Resolución número 208/2025

Número de Resolución: 
208/2025
Fecha: 
Miércoles, 28 Mayo, 2025

Oferta Anormal. Justificación oferta anormal. Gastos de subrogación. Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que la justificación de la baja anormal vulnera la subrogación de los trabajadores exigida en pliegos. Desestimación. El artículo 130.1 solo permite que dicha obligación se establezca por norma legal o convenio, no se admite la obligación ex pliegos. En la justificación de la baja solo debe incluir los trabajadores a subrogar que adscriba a la ejecución del contrato.

Resolución número 207/2025

Número de Resolución: 
207/2025
Fecha: 
Miércoles, 28 Mayo, 2025

Computo de Plazos .Plazos para las notificaciones. Interpretación de la Disposición Adicional Decimoquinta. Las notificaciones efectuadas de conformidad con la D.A. 15 iniciarán su cómputo al día siguiente de su emisión, es decir, la preposición desde debe interpretarse como al día siguiente. de su envío, emisión o publicación y no en el momento preciso de dicha actuación.

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