Resolución número 339/2024
Actos no recurribles. Recurso contra la propuesta de la mesa de admisión de oferta inicialmente declarada anormal
Actos no recurribles. Recurso contra la propuesta de la mesa de admisión de oferta inicialmente declarada anormal
Limitación de la concurrencia. Recurso contra pliegos por limitación de la concurrencia. Desestimación. Justificación suficiente del órgano de contratación de la prescripciones objeto de recurso. No queda acreditada la limitación de la concurrencia. Discrecionalidad del órgano de contratación en la determinación de dichas prescripciones. Ofertas anormales. Determinada una oferta anormal el o.c. no inicia el tramite establecido en el art. 149, por contar en el expediente con las justificaciones necesarias para apreciar la viabilidad. La temeridad es mínima.
Allanamiento. Estimación de recurso contra acto de exclusión de oferta incursa en presunción de temeridad por insuficiente motivación. Allanamiento del órgano de contratación a las pretensiones de la recurrente.
Ofertas anormales. Considera la recurrente que no debía admitirse la oferta de adjudicataria incursa inicialmente en temeridad. El informe está motivado, no se aprecia error ni arbitrariedad en el mismo, encontrándose dentro de la discrecionalidad técnica que le es dada al órgano de contratación.
Ofertas anormales. Alega la recurrente que la oferta de la adjudicataria se encuentra incursa en valores anormalmente bajos y sin embargo no se ha tramitado el procedimiento establecido en el artículo 149.4 de la LCSP. Se desestima el recurso pues los cálculos efectuados son erróneos ya que de conformidad con lo dispuesto en el PCAP hay que calcular la media aritmética de las ofertas presentadas y luego calcular el porcentaje de baja respecto de dicha media.
Ofertas anormale. La oferta de la recurrente ha sido excluida del procedimiento licitación por no justificar la viabilidad de su oferta incursa en valores anormalmente bajo. Las alegaciones de la recurrente no desvirtúan la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos y se encuentra dentro del margen de discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación.
Ofertas anormales. La oferta de la recurrente incursa en valores desproporcionados es excluida del procedimiento al considerar el órgano de contratación que no es viable. Se estima el recuso no se aprecia que exista motivación suficiente para el rechazo de la oferta.
Ofertas anormales. La oferta de la recurrente, incursa en valores anormalmente bajos, es excluida del procedimiento. Analizada la justificación de la viabilidad de la oferta, considerando que la oferta se desvía un 0,07% de la baja media por lo que es exigible una justificación exhaustiva y que existe margen para hacer afrontar otros gastos no computados tal y como defiende la recurrente se estima la pretensión admitiendo la oferta.
Ofertas anormales. Desestimación de recurso contra exclusión de oferta incursa en valores anormales (temeridad) que no ha justificada detallada y razonablemente su viabilidad.
Ofertas anormales. El órgano de contratación acepta la oferta incursa en valores anormalmente bajos basándose en el informe técnico. Revisada la justificación presentada por la licitadora se observa un error en las cuantías justificada. Este error en la justificación que no ha sido apreciado por el órgano de contratación, es de tal entidad, que hace decaer la presunción de acierto y la discrecionalidad técnica del órgano de contratación en la valoración de la justificación de la viabilidad de la oferta incursa en valores desproporcionados.