Inadmisión

Resolución 373/2026

Número de Resolución: 
373/2026
Fecha: 
Jueves, 16 Julio, 2026

COSA JUZGADA ADMINISTRATIVA. Inadmisión. Recurso contra adjudicación del contrato por considerar que su oferta incursa en  presunción de anormalidad no está justificada. El asunto  ya fue tratado en una resolución anterior.Los mismos motivos que ya fueron evaluados jurídicamente en su momento, generaría una clara inseguridad jurídica, al reabrirse un procedimiento ya concluido que cumplió las formalidades jurídicas exigidas. Siendo así que la pretensión de la recurrente de generar una segunda instancia administrativa no tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico.

Resolución 372/2026

Número de Resolución: 
372/2026
Fecha: 
Jueves, 16 Julio, 2026

COSA JUZGADA ADMINISTRATIVA. Recurso contra adjudicación del contrato por considerar que no ha justificado su oferta incursa en presunción de anormalidad. El aunto fue resuelto en una resolución anterior.Los mismos motivos que ya fueron evaluados jurídicamente en su momento, generaría una clara inseguridad jurídica, al reabrirse un procedimiento ya concluido que cumplió las formalidades jurídicas exigidas. Siendo así que la pretensión de la recurrente de generar una segunda instancia administrativa no tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico. 

Resolución 294/2026

Número de Resolución: 
294/2026
Fecha: 
Jueves, 11 Junio, 2026

Inadmisión. Acto de trámite no cualificado. Baja anormal. Exclusión. Propuesta de resolución. Procede la inadmisión del recurso por haberse interpuesto este contra un acto no susceptible de recurso, al no tratarse de un acto de tramite cualificado dictado por el órgano competente conforme lo dispuestos en los artículos 44.2.b) y 55.c) de la LCSP.

Resolución 306/2026

Número de Resolución: 
306/2026
Fecha: 
Lunes, 22 Junio, 2026

inadmisión. En el caso que nos ocupa, no se ha producido la adjudicación del contrato, por lo que el acuerdo recurrido no es un acto susceptible de recurso especial en cuanto que se trata de un acto de trámite no cualificado, ya que no pone fin al procedimiento, no determina la imposibilidad de continuarlo ni produce un perjuicio irreparable al
recurrente, cuya oferta no ha sido excluida ni inadmitida

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