Pliegos

Resolución número 254/2025

Número de Resolución: 
254/2025
Fecha: 
Jueves, 26 Junio, 2025

LEGITIMACIÓN SINDICATOS Y TRABAJADORES. El Tribunal reconoce legitimación al sindicato para impugnar pliego sólo para la defensa de los derechos laborales de los trabajadores, no para la defensa de los derechos de los licitadores. No se reconoce legitimación a los trabajadores. Los pliegos sólo establecen las relaciones entre Administración y contratista, no respecto de los trabajadores, más allá de la información del personal subrogable. La modificación de las condiciones del servicio responde a las necesidades del órgano de contratación.

Resolución número 252/2025

Número de Resolución: 
252/2025
Fecha: 
Jueves, 19 Junio, 2025

Inadmisión, En el presente caso, el recurrente impugna una resolución dictada por un órgano que forma parte de la Administración General del Estado, y conforme el artículo 45 de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017 de 8 de noviembre, corresponde al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales la competencia para la tramitación y resolución de los recursos especiales en materia de contratación en el ámbito de la Administración General del Estado.

Resolución número 250/2025

Número de Resolución: 
250/2025
Fecha: 
Jueves, 19 Junio, 2025

Inadmisión, el V.E. del contrato es de 78.000,00 Euros y por lo tanto con un valor estimado que no supera los 100.000 euros, licitado por un ente del sector público con la condición de Administración Pública. Por tanto, contra el citado contrato no cabe recurso especial en materia de contratación según el artículo 44 apartados 1.c) de la LCSP

Resolución número 247/2025

Número de Resolución: 
247/2025
Fecha: 
Jueves, 19 Junio, 2025

Contenido de los Pliegos. Pliegos. Discrepancia. Restricción de la competencia. Discrecionalidad técnica. Recurso contra los pliegos por considerar que algunas prescripciones técnicas son limitativas de la concurrencia. Desestimación. No se acredita la restricción de la competencia. Las prescripciones están amparadas en el ámbito de la discrecionalidad técnica de la administración.

Resolución número 241/2025

Número de Resolución: 
241/2025
Fecha: 
Jueves, 19 Junio, 2025

Contenido del Expediente de Contratación. Motivación. Presupuesto. De conformidad con el artículo 116.4 de la LCSP, ha de justificarse adecuadamente en el expediente de contratación, la no división en lotes, los criterios de adjudicación y condiciones especiales de ejecución del contrato y el valor estimado del contrato no siendo suficiente una mera justificación formal.

Resolución número 232/2025

Número de Resolución: 
232/2025
Fecha: 
Jueves, 12 Junio, 2025

PLIEGO DE CONDICIONES. Recurso contra el PPT por considerar que algunas prescripciones son restrictivas de la competencia. Desestimación. Los requisitos ha sido justificados y motivados por el órgano de contratación. Doctrina de la discrecionalidad técnica.

Resolución número 213/2025

Número de Resolución: 
213/2025
Fecha: 
Miércoles, 4 Junio, 2025

Solvencia economica.  Grupo de empresas. El PCAP solicita volumen de negocios sobre las actividades del objeto del contrato. Se acreditara mediante presentacion del modelo 390 del IVA. No se puede distinguir ni en ese documentos ni en las cuentas generales el volumen de negocio por servicios, se utilizan totales. Se suman las solvencias del grupo de empresas al considerarlas medio propio y compartir administrador unico

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