Resolución número 301/2024
Ofertas anormale. La oferta de la recurrente ha sido excluida del procedimiento licitación por no justificar la viabilidad de su oferta incursa en valores anormalmente bajo. Las alegaciones de la recurrente no desvirtúan la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos y se encuentra dentro del margen de discrecionalidad que le es dada al órgano de contratación.