Resolución número 379/2025
Licitación electrónica. Presentación de dos propuestas ante la no emisión de acuse de recibo. Dichas propuestas no eran iguales. Se inadmiten de conformidad con el articulo 139.3 LCSP
Licitación electrónica. Presentación de dos propuestas ante la no emisión de acuse de recibo. Dichas propuestas no eran iguales. Se inadmiten de conformidad con el articulo 139.3 LCSP
OFERTAS incursas en presunción de anormalidad. Recurso contra exclusión de licitador por no justificar su oferta incursa en presunción de anormalidad. Baja de un 60,99 %. No queda acredita la viabilidad de la oferta. Doctrina del Tribunal sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidad. Desestimación.
El recurrente oferta un número de talleres superior al máximo del permitido en el PPT. No procede conceder trámite para aclarar o subsanar la oferta, pues indefectiblemente supondría la modificación de la misma, conculcando los principios de igualdad de trato entre los licitadores.
La oferta de la recurrente no se corresponde con lo solicitado en el documento de licitación, de tal forma que cualquier aclaración sobre la misma,supondría una modificación de la oferta por lo que no tiene cabida la aplicación del principio antiformalista. Artículo 139 de la LCSP y artículo 84 del RGLCAP.
EXCLUSIÓN DE OFERTA. Reclamación contra exclusión de oferta por haber presentado la justificación de la baja incursa en presunción de anormalidad fuera del plazo concedido. Desestimación. Se constata la presentación de la justificación fuera de plazo. Doctrina al respecto.
CONTAMINACIÓN DE OFERTAS. Recurso contra exclusión de licitador por haber incluido en el sobre B información correspondiente a criterios sujetos a cifras o porcentajes. Desestimación. Queda acreditado la inclusión de información que contamina la oferta. Doctrina del Tribunal al respecto.
Inadmisión por tratarse de un contrato de suministros cuyo valor estimado es inferior a 100.000 euros contra el que no cabe recurso especial en materia de contratación.
Inadmisión por tratarse de un contrato de servicios cuyo valor estimado no supera los 100.000 euros
Error por introducir la oferta económica en el sobre 2 donde van incluida la documentación técnica de valoración de los criterios sujetos a juicio de valor. Contaminación de las ofertas. Desestimación
Exclusión por no justificar la baja temeraria de su oferta. Motivación del informe de exclusión. Discrecionalidad técnica. Desestimación