Resolución número 236/2016
Estimación de recurso contra los Pliegos de contrato de servicios sociales. Se discute el convenio colectivo de aplicación. no compete al Tribunal, establecer el convenio colectivo de aplicación pero, puesto que la posibilidad de subrogación, que es la cuestión debatida, constituye un elemento esencial que deben conocer las entidades licitadoras, cabe señalar que en principio los servicios objeto de licitación, se encuentran dentro del ámbito funcional del Convenio de integración social, siendo por ello éste el que debe considerarse, en principio, aplicable.