Resolución número 269/2019
Desestimación recurso contra adjudicación y justificación bajas temerarias empresas que preceden en la clasificación.
Desestimación recurso contra adjudicación y justificación bajas temerarias empresas que preceden en la clasificación.
Desestimación de recurso contra la exclusión por inviabilidad de la oferta. Tras la declaración de oferta incursa en temeridad y a la vista de la justificación presentada, se comprueba que incumple con los requisitos mínimos exigidos en los pliegos.
Estimación de un recurso contra la exclusión de un contrato de servicios de prevención ajeno para vigilancia de salud. La oferta de la recurrente cumple el PCAP porque la actividad que va a subcontratar es de subcontratación obligatoria, análisis clínicos.
Estimación de un recurso contra la adjudicación y exclusión por superar la proposición económica el precio base de licitación. El presupuesto base de licitación es una cantidad a tanto alzado por lo que no se puede considerar causa de exclusión de la oferta de la recurrente que uno de sus sumandos, precio anual de las guardias, sobrepase el precio máximo que figura en el PCAP, teniendo en cuenta que no se supera el presupuesto máximo anual establecido para ambas actividades en la oferta presentada.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios, por no quedar acreditados los incumplimientos de pliegos alegados por el recurrente. Error aritmético en una información no exigida. Improcedencia de rechazar proposiciones por pequeños defectos u omisiones formales en la redacción de la oferta que no supongan alteración de la proposición, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 84 del RGLCAP.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios, por haberse efectuado la valoración del criterio de adjudicación evaluable de forma automática mediante la fórmula determinada en el PCAP. El recurrente confunde la evaluación de los criterios sujetos a juicio de valor y los valorados mediante cifras o porcentajes. La valoración no vulnera el pliego ni la regulación de los criterios de adjudicación prevista en los artículos 145 y 146 de la LCSP.
Desestimación de recurso contra un contrato de servicios para el tratamiento de instalaciones de residuos. La deficiente definición del registro donde deben estar inscritas las empresas que acometan la ejecución de trabajos propios del objeto del que nos ocupa, no es suficiente para anular dicho requisito cuando además, se deduce del resto del PCAP.
Exclusión por no acreditar obras en los últimos ocho años. Interpretación de “últimos años”. Consultas vinculantes.
Inadmisión de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de elaboración de proyectos. La recurrente no se encuentra en segunda posición ni se impugna la puntuación de las primeras clasificadas. Es más, parece desprenderse del recurso que se pretenden impugnar los Pliegos, reconociéndose por la recurrente que hicieron alegaciones a los mismos sin que se presentase el correspondiente recurso por lo que las alegaciones ahora realizadas serían en todo caso extemporáneas. Multa.
Defectuosa interpretación doctrina junta consultiva expresión “últimos años”. Consultas vinculantes.