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Resolución número 210/2020

Número de Resolución: 
210/2020
Fecha: 
Jueves, 20 Agosto, 2020

Estimación de un recurso especial de contrato de servicios, contra el acuerdo de la Mesa de inadmitir a una empresa que aparentemente ha presentado dos ofertas de forma electrónica. Antes de excluir a la licitadora la Mesa debe comprobar si se da el supuesto del artículo 139.3 de la LCSP, que prohíbe la presentación de más de una proposición o si es un doble envío de oferta incluyendo documentación complementaria.

Resolución número 205/2020

Número de Resolución: 
205/2020
Fecha: 
Jueves, 20 Agosto, 2020

Acumulación de actuaciones sobre el mismo contrato de servicio de mantenimiento de hidrantes en determinada zona de Valdebebas. Esta licitación responde a la imposibilidad de prorrogar la concesión que gestiona el servicio público de conservación de las zonas ajardinadas y conservación de hidrantes de Valdebebas. Los recurrentes son la UTE adjudicataria de la mencionada licitación que ya presentó recurso contra los pliegos de condiciones y una de las empresas que conforman la UTE.

Resolución número 204/2020

Número de Resolución: 
204/2020
Fecha: 
Jueves, 20 Agosto, 2020

Estimación de recurso contra convocatoria y pliegos de contrato de servicios. Incorrecta determinación de CPV con repercusión en la acreditación de la solvencia técnica exigida. Añadir al PCAP la codificación CPV 90922000-6 Servicios de control de plagas. Artículos 1, 2.4, 90.1.a) y 92 LCSP.

Resolución número 203/2020

Número de Resolución: 
203/2020
Fecha: 
Jueves, 13 Agosto, 2020

Desestimación recurso especial. Si bien el objeto del contrato (dirección facultativa de obras) es susceptible de división en lotes: dirección de obra y dirección de ejecución de obra, el órgano de contratación justifica adecuadamente la no división en lotes conforme al artículo 99.3 de la LCSP.

Resolución número 195/2020

Número de Resolución: 
195/2020
Fecha: 
Jueves, 13 Agosto, 2020

Estimación de recurso contra la exclusión de una oferta en un contrato de servicios de gestión operativa de los recursos humanos del Ayuntamiento de Collado Mediano. Se excluye a la recurrente por entender que no cumple los requisitos técnicos exigidos que son la propiedad de las aplicaciones informáticas a utilizar y entender que no puede subcontratar por así determinarlo el PCAP. El pliego no menciona que las aplicaciones informáticas deban ser propiedad de la licitadora y tampoco se considera subcontratación la adquisición de la licencia de uso de estas aplicaciones.

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