Resolución 058/2026
Inadmisión por extemporáneo . Recurso contra el acuerdo de exclusión
Inadmisión por extemporáneo . Recurso contra el acuerdo de exclusión
Recurso extemporáneo y declaración posterior de licitación desierta
Inadmisión por extemporáneo
Inadmisión del recurrente que ha presentado oferta antes de interponer el recurso. Aceptación de los pliegos. No puede ser admitido
SOLVENCIA TÉCNICA: La solvencia técnica basada por el volumen de trabajos similares efectuados dentro de los últimos tres años, debe referirse al de mayor volumen de los tres últimos ejercicios, no a los tres ejercicios como pretendía el órgano de contratación.
Plan de Igualdad. Acreditación. Integración de la solvencia. Subcontratación. Self Celaning. Se recurre la adjudicación denunciando que la empresa declarada para la integración de la solvencia y la subcontratación se encuentra en causa de prohibición de contratar conforme el artículo 71.1.d) al no tener inscrito un Plan de Igualdad en REGCON estando obligada a ello. Se solicita su exclusión.
La asociación profesional impugnan el criterio de adjudicación referido a las mejoras porque considera que no esta definido de manera clara y no se establecen limites para las mismas. Los pliegos definen claramente los limites de las mejoras y la relación e las mismas al objeto del contrato . Desestimación
PBL- FORMULA PARA CALIFICAR EL PRECIO-MEJORAS- CRITERIOS DE ADJUDICACION SUJETOS A JUICIO DE VALOR. La AEESDAP presenta recurso contra pliegos de gestión del centro deportivo Piscina Moscardo. Considera insuficiente el PBL al no incluir los gastos derivados de la explotación de la cafetería, que se autofinancia con las ventas. En cuanto a la formula para calificar el precio, cumple los límites establecidos por este Tribunal, en cuanto a las mejoras están bien formuladas y limitadas.
Se da por terminado el procedimiento de Recurso por Pérdia del objeto
SOLVENCIA TÉCNICA: La solvencia técnica basada por el volumen de trabajos similares efectuados dentro de los últimos tres años, debe referirse al de mayor volumen de los tres últimos ejercicios, no a los tres ejercicios como pretendía el órgano de contratación.