Resolución número 044/2021
Estimación. Artículo 152 de la LCSP. No procede el desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración por razones de interés público.
Estimación. Artículo 152 de la LCSP. No procede el desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración por razones de interés público.
Desestimación de recurso especial contra el acuerdo de desistimiento del órgano de contratación. Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP. Correcta justificación de incumplimiento de las normas de preparación del contrato. Presupuesto base de licitación insuficiente para la prestación del servicio.
Falta de subsanación de requerimiento realizado por la mesa de contratación. El recurrente considera que la documentación presentada es correcta. Desestimación.
Inadmisión de recurso de contrato de cesión de derecho de superficie de parcela municipal. Contrato patrimonial excluido del ámbito de aplicación de la LCSP y en consecuencia de la competencia del TACP. No subsumible en concesión de obras. Arts 9, 44.1 y 55.c) LCSP.
Desestimación recurso especial contra la exclusión por vulneración del principio de proposición única. Vulneración del artículo 139 de la LCSP. El órgano de contratación realiza informe exhaustivo acreditando indiciariamente la concertación de tres empresas.
Desestimación de recurso contra inadmisión de oferta en contrato de servicios, por no haber subsanado los defectos en DEUC requeridos por la mesa de contratación. Comunicación de calificación y requerimiento de documentación en el tablón de anuncios electrónico del perfil de contratante según dispone el PCAP y los artículos 139 y 141 de la LCSP y 19 del RGCPCM, con recomendación de aviso individualizado al interesado. No es admisible aceptar documentación fuera de los plazos de presentación y subsanación, principio de igualdad y no discriminación art. 132 LCSP.
Desestimación de recurso contra exclusión de contrato de servicios. Vulneración del secreto de las proposiciones, se revela la oferta económica al lote 1 antes de que se efectúe la valoración de los criterios sujetos a juicio de valor, con anterioridad a que se proceda a la correspondiente apertura del sobre electrónico nº 3. No existe oscuridad en el PCAP, ni se aprecia contradicción con el anuncio y el aplicativo de presentación de ofertas. Vulneración de lo dispuesto en los arts. 139, 146 y 157 de la LCSP.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de limpieza y desinfección. La oferta de la adjudicataria, no incursa en temeridad, no cubre los costes de subrogación indicados no obstante, de las prestación del Pliego se deduce que pueden realizarse con un menor número de trabajadores. Es la prestación la que debe determinar el precio y no la obligación de subrogación de los trabajadores.
División en lotes.
Insuficiencia presupuestaria del contrato.