El PCAP exige que los dispositivos ofertados sean compatibles con los que ya ha adquirido la administración, sin embargo no establece ni la forma ni el momento de su acreditación. El órgano de contratación le requiere la realización de una serie de pruebas que no están contempladas en los pliegos por lo que no son exigibles. La verificación de la compatibilidad debe realizarse en fase de ejecución del contrato pues el PCAP indica que la administración se reserva la posibilidad de inspeccionar el material suministrado para comprobar el tipo de artículo entregado, la cantidad y sus características técnicas, por lo que en este momento podrá verificar la compatibilidad de los productos que ha sido declarada por el recurrente.
Resolución número 133/2025
Resolución número 133/2025
Fecha:
04/04/2025
Número de Resolución:
133/2025
Temas:
Número de Expediente:
094/2025
Tipo de Contrato:
Tipo de Resolución:
Acto Recurrido:
Objeto:
Procedencia: