Resolución número 544/2025
Discrecionalidad técnica. Solicitada una licencia de cciberseguridad especifica, el recurrente presenta otra que no reune las condiciones marcadas en el PPT
Discrecionalidad técnica. Solicitada una licencia de cciberseguridad especifica, el recurrente presenta otra que no reune las condiciones marcadas en el PPT
NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. Recurso contra adjudicación del contrato por haber utilizado el procedimiento negociado sin publicidad por exclusividad técnica (artículo 168 a) 2º LCSP). Estimación. Insuficiente justificación de los motivos de utilización de este procedimiento excepcional. Doctrina sobre motivación de uso de este procedimiento.
Prescripciones técnicas. Se exige una serie de certificados de calidad a nombre de los licitadores, cuando dichos certificados se expiden a nombre de los fabricantes. El o.c. se allana.
La exclusión de una oferta por incumplimiento de prescripciones técnicas solo procede cuando tal incumplimiento sea expreso, de tal forma que no albergue duda alguna, que la oferta se opone abiertamente a las prescripciones técnicas contenidas en el PPT:
PRESCRIPCIONES TECNICAS. OFERTA SIMILAR. En el campo de la ciberseguridad el objeto del contrato son nuevas licencias que en union a las ya existentes convivirán, por ello establece un fabricante determinado, que distribuye a multiples empresas. El recurrente presenta un producto de otro fabricante, pero similar. No justifica la compatibilidad del producto. Responsable de determinar si la oferta es equivalente o similar.
NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. Rcurso contra la adjudicación del contrato por utilizar el procedimiento negociado sin publicidad por razones de exclusivudad técnica (artículo 168.a)2º LCSP). Desestimación. Justificación de la exclusividad por la razón de que el medicamento a sumistrar a pacientes ya tratados no es intercambiable por otros aunque tengan el mismo principio activo. Doctrina sobre justificación del uso del procedimiento negocoiado sin publicidad.
Recurso contra la resolucion de adjudicacion por exclusion de la oferta de la recurrente. Su oferta no se ajusta a lo exigido en el PPT. Alega que el PPT exige requisitos que no son exigibles. No habiendo impugnado los pliegos tiene que ajustar su oferta a los mismos. Desestimacion
Se excluye la oferta de la recurrente del procedimiento de licitación por no cumplir con las prescripciones técnicas exigidas en el pliego. El cumplimiento de las prescripciones técnicas se verifica mediante las fichas técnicas, no siendo suficiente que solo conste tal cumplimiento en la oferta técnica.
La pretensión de la recurrente es que se declare desierto el procedimiento de licitación, por lo que no está legitimada para interponer el recurso especial en materia de contratación, dado que ante una hipotética estimación de sus pretensiones no obtendría ningún beneficio cierto.
CONSULTAS VINCULANTES. CONTAMINACIÓN SOBRES. Se estima recurso contra exclusión de la recurrente, conocida a través de la adjudicación, por haber aplicado el órgano de contratación un criterio a través de respuesta vinculante a una consulta, que contraviene lo establecido en pliego. No es posible retrotraer para valorar oferta del excluido conforme a criterios juicio valor, una vez abiertas y valoradas resto de ofertas. Anulación del procedimiento.