Consejerías

Resolución 179/2026

Número de Resolución: 
179/2026
Fecha: 
Jueves, 16 Abril, 2026

(d) ACTOS FIRMES- Se plantea un recurso contra la admisión de la viabilidad de la oferta del adjudicatario, que fue acordada mediante Orden del órgano de contratación definitiva y en este momento firme. Si bien plantea el recurso contra la adjudicación y se considera legitimada por estar clasificada en segundo lugar, el Tribunal considera que el acto de admision de la viabilidad, era el que deberia haberse recurrido, al basarse el recurso presentado solo en dicha cuestión. Habiendo pasado el plazo establecido en el art.

Resolución 194/2026

Número de Resolución: 
194/2026
Fecha: 
Jueves, 23 Abril, 2026

PRESCRIPCIONES TÉCNICAS: Recurso contra la adjudicación al entender que el adjudicatario incumple los requisitos tecnicos exigidos en el PPT. El órgano de contratación estudia y contesta desmontando las razones alegadas por el recurrente sobre el pretendido incumplimiento. Doctrina sobre el incumplimiento de requisito que ha de ser cierto, expreso y en oposición manifiesta a lo exigido

Resolución 192/2026

Número de Resolución: 
192/20026
Fecha: 
Jueves, 23 Abril, 2026

PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. Recurso contra los pliegos por considerar erróneo el cálculo del PBL y del VEC. Desestimación. Los pliegos señalan expresamente que el cálculo se ha realizado conforme al acuerdo por el que se establece un complemento específico propio para los centrso de Madrdid. La recurrente no efectúa cálculo alguno en defensa de sus pretensiones. El complemento para el año 2029 no está definido, por lo que no puede contemplarse en los términos planteado por la recurrente.

Resolución 174/2026

Número de Resolución: 
174/2026
Fecha: 
Jueves, 16 Abril, 2026

El recurrente impugna los pliegos pero no presenta oferta. Solo se le admite legitimación para impugnar aquellas cláusulas que le han impedido presentar una oferta razonable en condiciones de igualdad. En este supuesto la recurrente impugna el presupuesto base de licitación. Se desestiman sus pretensiones pues la insuficiencia de presupuesto se fundamenta en uno de los conceptos que integran el suministro de licencias. mientras que el presupuesto para las licencias tiene carácter global que permite un margen de gestión y dimensionamiento.

Resolución 499/2025

Número de Resolución: 
499/2025
Fecha: 
Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Los pliegos son la ley del contrato y vinculan tanto a los licitadores como al órgano de contratación, por lo que las proposiciones han de presentarse de acuerdo con lo estipulado en los mismos. El PCAP exige que se indica el número de serie de los pianos ofertados, dato que no aporta la recurrente en su oferta, por lo que procede su exclusión del procedimiento de licitación.

Resolución 138/2026

Número de Resolución: 
138/2026
Fecha: 
Jueves, 19 Marzo, 2026

PLANES DE IGUALDAD. Recurso contra exclusión de licitador por no disponer de un plan de igualdad inscrito en el REGCON. Estimación. La empresa alcanza el umbral de 50 o más trabajadores durante el preriodo de presentación de ofertas. No había transcurrido el plazo de tres mses para constituir la comisión negociadora, disponiendo después de otros 12 mses para su inscripción de acuerdo con artículo 4, apartados 1 y 4, del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo.

Resolución 137/2026

Número de Resolución: 
137/2026
Fecha: 
Jueves, 19 Marzo, 2026

PLANES DE IGUALDAD. Recurso contra exclusión de licitador por no tener incrito un plan de igualdad. Estimación. La recurrente alcanza el némero de más 50 trabajadores durante el periodo de presentación de ofertas. Dispone de un plazo de rtres meses para constituir la comisión negociadora y otros doce para su aprobación e inscripción de acuerdo con artículo 4, apartados 1 y 4, del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo.

Resolución 538/2025

Número de Resolución: 
538/2025
Fecha: 
Jueves, 18 Diciembre, 2025

El requerimiento realizado a la recurrente, en trámite de subsanación, para que acreditase que está al corriente en sus obligaciones de pago con la Seguridad Social, no se indicaba que el certificado tenía que ser expedido a una fecha determinada. Procede conceder un nuevo plazo de subsanación en el que se determine con claridad lo que se solicita. 

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