Resolución 079/2026
Inadmisión del recurrente que ha presentado oferta antes de interponer el recurso. Aceptación de los pliegos. No puede ser admitido
Inadmisión del recurrente que ha presentado oferta antes de interponer el recurso. Aceptación de los pliegos. No puede ser admitido
Plan de Igualdad. Acreditación. Integración de la solvencia. Subcontratación. Self Celaning. Se recurre la adjudicación denunciando que la empresa declarada para la integración de la solvencia y la subcontratación se encuentra en causa de prohibición de contratar conforme el artículo 71.1.d) al no tener inscrito un Plan de Igualdad en REGCON estando obligada a ello. Se solicita su exclusión.
La asociación profesional impugnan el criterio de adjudicación referido a las mejoras porque considera que no esta definido de manera clara y no se establecen limites para las mismas. Los pliegos definen claramente los limites de las mejoras y la relación e las mismas al objeto del contrato . Desestimación
Inadmisión por extemporaneidad del Recurso Especial en Materia de Contratación
PBL- FORMULA PARA CALIFICAR EL PRECIO-MEJORAS- CRITERIOS DE ADJUDICACION SUJETOS A JUICIO DE VALOR. La AEESDAP presenta recurso contra pliegos de gestión del centro deportivo Piscina Moscardo. Considera insuficiente el PBL al no incluir los gastos derivados de la explotación de la cafetería, que se autofinancia con las ventas. En cuanto a la formula para calificar el precio, cumple los límites establecidos por este Tribunal, en cuanto a las mejoras están bien formuladas y limitadas.
Se da por terminado el procedimiento de Recurso por Pérdia del objeto
El CPV establecido en el PCAP, es el más ajustado al objeto del contrato y reviste un carácter general de tal forma que se puede acreditar la solvencia técnica mediante servicios similares ,cuyos CPVs se correspondan con lo tres primeros dígitos del CPV indicado en el PCAP.
Impugnacion de pliegos. No establecer la solvencia economica para empresas de nueva creacion. No exigencia de esa solvencia economica en la LCSP para emrpesas de nueva creacion , si la solvencia tecnica que si esta prevista en los pliegos. Desestimacion
VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. Recurso contra la adjudicación del contrato por incorrecta valoración de su oferta en criterios sujetos a cifras o pocentajes respecto a la adscripción de medios personales. La valoración es conforme a los pliegos.No acredita la experiencia de los medios personales ofertados.
Solvencia técnica, condición especial de ejecución y habilitación profesional. El certificado de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad es un requisito de habilitación profesional, pues no es una recomendación técnica, sino una obligación legal impuesta por el ordenamiento jurídico para la realización de determinadas prestaciones.