Resolución número 339/2025
La justificación presentada por la recurrente no acredita la viabilidad de la oferta. Como se señala en el informe técnico no incluye todos los costes de personal según lo exigido en los pliegos.
La justificación presentada por la recurrente no acredita la viabilidad de la oferta. Como se señala en el informe técnico no incluye todos los costes de personal según lo exigido en los pliegos.
La Mesa de Contratación propone al recurrente la adjudicación del contrato, sin embargo antes de su adjudicación, observa la Mesa que existen errores en la valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas por lo que procede a emitir un nuevo informe técnico, que es aceptado por la Mesa de Contratación. En contra de lo que pretende la recurrente, la propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en su favor por lo que no procede la declaración de lesividad prevista en el artículo 107 de la LPACAP.
Se excluye la oferta de la recurrente por incumplimiento de prescripciones técnicas. Las alegaciones de la recurrente no desvirtúan lo informado por el órgano de contratación.
OFERTAS ANORMALES. Recurso contra exclusión de licitador por estar su oferta incursa en presunción de anormalidad. Desestimación. Se ha seguido correctamente el procedimiento contradictorio previsto en el artículo 149.3 de la LCSP. El informe del órgano de contratación aborda todas las justificaciones realizadas por el recurrente para concluir que no es posible la ejecución del contrato. Informe razonado de manera suficiente. Aplicación principio de discrecionalidad técnica.
PLIEGO DE CONDICIONES. Recurso contra la adjudicación de contrato por considerar que las ofertas han sido valoradas indebidamente. Desestimación. Existe discrepancia en la documentación a presentar para acreditar un criterio de valoración sujeto a cifras o porcentajes entre el PCAP y PPT. Aplicación del principio jurisprudencial de la especialidad. En este caso debe primar el contenido del PCAP.
OFERTAS ANORMALES. Recurso contra la exclusión de licitador por estar incursa su oferta en presunción de anormalidad. Desestimación. El informe del órgano de contratación se encuentra justificado de modo razonable para concluir que la oferta es insuficiente para llevar a cabo la ejecucón del contrato. Doctrina al respecto.
MOTIVACIÓN RECHAZO OFERTA ANORMAL. Recurso interpuesto contra acto de exclusión de oferta incursa en valores anormales, que se desestima pues el informe técnico se encuentra motivado. Se inadmiten pretensiones ajenas al acto recurrido.
Motivación in aliunde. Rechazo oferta valores anormales. Recurso contra exclusión de oferta anormal por no haber justificado viabilidad, en el que se inadmiten cuestiones ajenas al acto que se impugna. El acto de exclusión no cumple los requisitos de motivación in aliunde. Se estima este motivo
Concurso de Proyectos. Anonimato. Exclusión. Se recurre la exclusión porque la documentación aportada en el sobre B contienen datos que rompen la exigencia de anonimato. El principio de igualdad de trato entre licitadores es aplicable en cuanto a que se trata de un error del licitador. Se desestima
Motivación de los informes. Baja anormal. Se recurre que se ha excluido de la licitación por no haber justificado adecuadamente la baja anormal sin que el informe esté motivado. El Tribunal, concluye después del análisis del caso que en definitiva, la motivación del informe que sirve de base para la exclusión de la oferta de la recurrente, es claramente insuficiente, por lo que procede la estimación del recurso, anulándose la exclusión de la recurrente.