Resolución 071/2026
Arbitrariedad en la valoracion de los criterios sujetos a juicio de valor. Falta de motiva cion de las puntuaciones. No cabe retrotraer el procedimiento. Nulidad del procedimiento de adjudicacion. Estimacion
Arbitrariedad en la valoracion de los criterios sujetos a juicio de valor. Falta de motiva cion de las puntuaciones. No cabe retrotraer el procedimiento. Nulidad del procedimiento de adjudicacion. Estimacion
LEGITIMACIÓN. Recurso contra los pliegos por empresa que no ha presentado oferta. No se reconoce la legitimación. Recurre criterios de adjudicación que no le impiden presentar oferta fundada y en igualdad de condiciones.
FALTA LEGITIMACIÓN RECURRENTE QUE NO OBTIENE BENEFICIO: Inadmisión de recurso por falta de legitimación del tercer clasificado que no articula una pretensión concreta de exclusión del segundo clasificado, mínimamente soportada y articulada como motivo de recurso
La recurrente alega indefensión pues desconoce los motivos por los que se han otorgado cada una de las puntuaciones a los criterios evaluables mediante juicio de valor. Por ello, solicita acceso al expediente de contratación. Se deniega el acceso al expediente, pues los informe técnicos que valorar las ofertas están publicados en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en los que consta debidamente motivado las puntuaciones otorgadas.
SECRETO DE LAS PROPOSICIONES. Recurso contra la adjudicación del contrato por considar que la oferta del adjudicatario vulnera el secreto de las proposiciones. Desestimación. Si bien se ha podido desvelar información en el sobre 2 incluyendo información del sobre 3 (criterios sujetos a cifras o porcentajes) esta información es irrelevante. Doctrina del Tribunal al respecto.
DESISTIMIENTO: El órgano de contratacion acuerda el desistimiento de la licitación sin cumplir los requisitos exigidos por el art. 152 de la LCSP
La valoración de los criterios de adjucación sujetos a juicio de valor no se ha realizado conforme a los parámetros establecidos en el PCAP. No es posible retrotraer actuaciones para procede a una nueva valoración de las ofertas, ya que el procedimiento de licitación se encuentra en un momento en el que se conocen las ofertas de todos los licitadores en relación con los criterios de adjudicación evaluables de forma automática, lo que compremeter la imparcialidad y objetividad en el proceso de selección de la mejor oferta. La consecuencia es la nulidad del procedimiento de licitación.
La controversia se centra en la valoración de los criterios evaluables mediante juicio de valor. El informe técnico está motivado y no se aprecia error ni arbitrariedad en el mismo.
OFERTAS ANORMALES. Recuro contra la adjuidcación del contrato por considerar que no se ha aplicado correctamente el artículo 149.2 de la LCSP. Desestimación. El órgano de contratación aplica correctamente dicho artículo. El Tribunal considera que LCSP no regula los criterios para apreciar las ofertas desproporcionadas o temerarias para los casos en los que no hay una previsión en los pliegos, razón por la que tenemos que acudir al Artículo 85.3 del RLCAP.
Exclusion de la oferta. Contaminacion de la oferta. Inclusion del contenido del sobre 3 relativo a las mejoras en el sobre 2 relativo a los juicios sujetso a juicio de valor. Anticipo de la oferta evaluable automaticamente. Exclusion. Desestimacion.