Resolución número 497/2025
Los equipos ofertados por la recurrente no cumplen con los requisitos mínimos exigidos en el PPT por lo que la exclusión de su oferta es conforme a Derecho.
Los equipos ofertados por la recurrente no cumplen con los requisitos mínimos exigidos en el PPT por lo que la exclusión de su oferta es conforme a Derecho.
IMPUGNACIÓN DE PLIEGOS. Recurso contra los pliegos en un contrato de concesión de servicios por incorrecto cálculo del valor estimado del contrato. Estimación. El VEC no se ha calculado conforme al artículo 101.1.b) de la LCSP que debe contemplar el importe neto de la cifra de negocio.
Perdida sobrevenida del objeto del recurso. Presupuesto , Subrogación. Declaración finalizado procedimiento.
Recurso interpuesto por Asociación Vecinos. Incompetencia del Tribunal. Procedimiento de adjudicación por trámite de emergencia.
procedimiento de licitación no susceptible de
recurso especial en materia de contratación, debido a su cuantía. Inadmisión
INADMISIÓN EXTEMPORANEA. El pie de recurso del acuerdo de adjudicación indicaba, erronamente, la posibilidad de recurrir en reposicion, o bien directamente ante la jurisdiccion contencioso administrativa o por cualquier otro cauce que convenga al derecho del interesado. Este decide la interposición de un REMC, que es el recurso que corresponde, pero no respeta el plazo de los quince días hábiles.
Los pliegos son la ley del contrato inculando tanto a los licitadores como al órgano de contratación.No cabe modular la aplicación de los pliegos en base a los resultados obtenidos en el procedimiento de licitación. De acuerdo con la aplicación de la doctrina del efecto útil del recurso, no puede surtir efecto la estimación de un motivo de impugnación, cuando no altera el resultado del acto impugnado.
MOTIVACIÓN DE ACTOS. Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de las prescripciones técnicas. Estimación. El órgano de contratación no remite ni el expediente ni el informe del recurso. Falta de motivación de la exclusión.
DEUC. Estudio sobre la naturaleza del DEUC y resto de declaraciones responsables.
SUBROGACIÓN EN PLIEGOS. Desestimación de recursos pues el órgano de contratación no ha incumplido obligación del art. 130 LCSP al haber solicitado a adjudicatario información personal subrogable. Obligación del OC meramente informativa.