Resolución 039/2026
OFERTAS ANORMALES. Recuro contra la adjuidcación del contrato por considerar que no se ha aplicado correctamente el artículo 149.2 de la LCSP. Desestimación. El órgano de contratación aplica correctamente dicho artículo. El Tribunal considera que LCSP no regula los criterios para apreciar las ofertas desproporcionadas o temerarias para los casos en los que no hay una previsión en los pliegos, razón por la que tenemos que acudir al Artículo 85.3 del RLCAP.
