Resolución número 390/2025
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato . Recurso presentado Asociación representativa de intereses afectados. Recurrente NO licitador. Procedimiento contratación desierto por falta presentación ofertas.
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato . Recurso presentado Asociación representativa de intereses afectados. Recurrente NO licitador. Procedimiento contratación desierto por falta presentación ofertas.
AUSENCIA CAPACIDAD OBRAR. Exclusión ajustada a Derecho pues la recurrente no tiene capacidad obrar, dado que su objeto social no ampara la prestación principal (CPV principal) del contrato.
Criterio de arraigo territorial. Proximidad de la planta de reciclaje de residuos a la planta de recogida. Proporcionalidad del criterio dentro de la puntuacion total. Desestimacion
Recurso contra la desestimación presunta de un recurso anterior que nunca llego al registro de este Tribunal. Solo procede el contencioso administrativo en su caso y en otro caso es extemporáneo. Acto no susceptible de recurso
El recurrente oferta un número de talleres superior al máximo del permitido en el PPT. No procede conceder trámite para aclarar o subsanar la oferta, pues indefectiblemente supondría la modificación de la misma, conculcando los principios de igualdad de trato entre los licitadores.
La oferta de la recurrente no se corresponde con lo solicitado en el documento de licitación, de tal forma que cualquier aclaración sobre la misma,supondría una modificación de la oferta por lo que no tiene cabida la aplicación del principio antiformalista. Artículo 139 de la LCSP y artículo 84 del RGLCAP.
Modificacion del objeto social fuera del plazo de presentación de ofertas. Acuerdo de la Junta general e inscripción en el registro con anterioridad al cierre del plazo de presentación de ofertas. Fecha de la modificación, la de inscripcion del asiento de presentación. Desestimación
Acreditacion de la personalidad. ROLECE. El recurrente considera que el firmante de la propuesta no es el apoderado de la empresa. Ademas ha incumplido la obligacion de comunicar al ROLECE el cambio de apoderamientos. Se destima por aportar poder en vigor, bastanteado por los servicios juridicos de la C.M y no ser obligatoria la inscripcion en el ROLECE para participar en un procedimiento abierto
Empresa de nueva creación. El fondo del asunto se circunscribe a la exclusión de la oferta de la recurrente por incumplimiento de la acreditación de la solvencia técnica exigida para licitar al Lote 2. acreditativa de la solvencia técnica acudiendo a medios externos, conforme al artículo 75.2 LCSP; opción que no fue admitida, por no haberse indicado expresamente en la oferta inicial.
Inadmisión. Recurso de Servicios inferior a 100.000 euros