Resolución número 052/2019
Desestimación del recurso contra adjudicación de no adjudicatario por disconformidad con la valoración de la baja temeraria por la Mesa. Multa.
Desestimación del recurso contra adjudicación de no adjudicatario por disconformidad con la valoración de la baja temeraria por la Mesa. Multa.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de obras del Bloque Quirúrgico. El criterio ampliación del periodo de garantía ha sido correctamente valorado a la adjudicataria. Una ampliación conlleva siempre la extensión de un periodo previamente establecido, no podemos deducir como hace la recurrente que se amplía la garantía en 207 meses, siendo la duración total de la garantía de 243 meses sino que esa es la ampliación, por lo que a ese plazo hay que añadirle el periodo obligatorio.
Desestimación de recurso contra adjudicación de gestión de servicio público de concierto sanitario por no incurrir el adjudicatario en insuficiente solvencia ni habilitación, y concurrir en parte del recurso cosa juzgada administrativa.
Desistimiento del recurrente contra el recurso presentado por distintas cláusulas de los pliegos de condiciones de un contrato de servicios. El desistimiento provoca la pérdida del objeto del contrato.
Desestimación de un recurso contra los pliegos de un contrato de defensa jurídica ante los Tribunales. El contrato no es SARA por su cuantía, artículo 22.1c). Es del Anexo IV. La solvencia económica prevista no es excesiva y además se puede sustituir por el seguro de indemnización según el artículo 87.3 b) de la LCSP.
Inadmisión de recurso formulado contra el pliego de cláusulas administrativas particulares en un contrato de servicios por no subsanar la falta de representación por parte del recurrente.
No inclusión en Pliegos el modelo DEUC. Impugnación fórmula matemática valoración de precio.
Desestimación del recurso interpuesto contra el rechazo de una oferta por considerarla inviable a la vista de la justificación efectuada. Insuficiente dotación económica para determinados capítulos de gastos y ausencia de motivos que justifiquen la disminución del precio en ellos.
Inadmisión de la reclamación interpuesta contra la propuesta de adjudicación de la Mesa de contratación. El Acuerdo de propuesta no es uno de los actos recurribles de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.2 b) de la LCSP. Tampoco puede considerarse que sea un acto de trámite cualificado en tanto en cuanto requiere su aceptación por el órgano de contratación.
Desestimación de un recurso contra los pliegos de un contrato de servicios de coordinación en seguridad y salud en trabajos de mantenimiento y obras de la dirección general de la policía municipal. No existe contradicción en los Pliegos. Solvencia técnica correcta en la interpretación que da el Ayuntamiento de trabajos similares.