Resolución número 363/2019
Desestimatoria. No acredita solvencia económica requerida ni siquiera en plazo de subsanación. Momento al que refiere la solvencia.
Desestimatoria. No acredita solvencia económica requerida ni siquiera en plazo de subsanación. Momento al que refiere la solvencia.
Desestimación de recurso contra adjudicación de lotes por exclusion de ofertas por baja anormal en contratos deservicios hospitalarios. Procedimiento según establece el artículo 149 de la LCSP. No se consideran justificados los costes e ingresos calculados. Discrecionalidad técnica.
Inadmisión recurso especial, el acto recurrido es la propuesta de l Mesa de contratación sobre la no viabilidad de su oferta. Acto de trámite no cualificado, por tanto no es recurrible conforme al artículo 44 de la LCSP.
Inadmisión de recurso contra un contrato de servicios. Se funda en la imposibilidad de ampliar el plazo inicialmente concedido para la presentación de informe de viabilidad de la oferta. (art. 149LCSP). Impugna el acuerdo de la mesa por la que se clasifica, siendo un acto de tramite que no pone fin ni impide continuar el procedimiento por lo que se considera que no es recurrible.
Desestimación recurso especial contra la adjudicación de contrato por considerar que adjudicatario no acredita la viabilidad de la oferta. La justificación de la a adjudicataria es suficiente y el informe del órgano de contratación suficientemente motivado dentro de su discrecionalidad técnica.
Recurso contra pliegos. Se tiene por concluido el procedimiento al haberse declarado desierto.
Desestimación recurso especial contra exclusión. Error imputable al licitador en la presentación de la oferta electrónica. Correcto funcionamiento de la Plataforma de contratación.
Inadmisión recurso contra concesión demanial de aprovechamiento público para instalación de unas barracas en las fiestas patronales. Negocio jurídico excluido de la LCSP por su artículo 9.1. Multa por mala fe y temeridad al ser un restaurante local que pretende evitar mediante la suspensión de las concesiones la competencia, no habiéndose presentado a obtener ninguna autorización.
Desestimación recurso contra adjudicación festejos municipales. Criterios evaluables mediante juicios de valor. Discrecionalidad técnica de los órganos que valoran.
Desestimación de un recurso contra la exclusión de una empresa que no ha subsanado la acreditación de la habilitación profesional requerida. El requerimiento de subsanación se refería a dos condiciones: la solvencia técnica y la habilitación profesional. En el plazo de subsanación no se acreditó el cumplimiento del requisito de habilitación profesional requerido. La acreditación aportada posteriormente muestra que en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas, la empresa no contaba con la misma y en consecuencia no cumplía el requisito de habilitación requerido.