Resolución 071/2026
Arbitrariedad en la valoracion de los criterios sujetos a juicio de valor. Falta de motiva cion de las puntuaciones. No cabe retrotraer el procedimiento. Nulidad del procedimiento de adjudicacion. Estimacion
Arbitrariedad en la valoracion de los criterios sujetos a juicio de valor. Falta de motiva cion de las puntuaciones. No cabe retrotraer el procedimiento. Nulidad del procedimiento de adjudicacion. Estimacion
La recurrente alega indefensión pues desconoce los motivos por los que se han otorgado cada una de las puntuaciones a los criterios evaluables mediante juicio de valor. Por ello, solicita acceso al expediente de contratación. Se deniega el acceso al expediente, pues los informe técnicos que valorar las ofertas están publicados en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en los que consta debidamente motivado las puntuaciones otorgadas.
OFERTA CON VALORES ANORMALES. Se desestima recurso contra el rechazo de una oferta incursa en valores anormales, pues los argumentos del informe técnico no han sido desvirtuados por la recurrente, cuya defensa principal de la recurrente que la misma justificación presentada para otro contrato, fue aceptada por el órgano de contratación
OFERTAS ANORMALES. Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que la oferta de la adjudicataria incursa en presunción de anormalidad no está justificada. Desestimación. Correcta justificación del informe justificativo del licitador y del órgano de contratación. Doctrina sobre discrecionalidad técnica.
INADMISIÓN. Recurso contra clasificación de ofertas y el requerimiento de la documentación al primer clasificado en el procedimiento de licitación. Inadmisión. Acto no susceptible de recurso especial. Acto de trámite no cualificado.
Los pliegos son la ley del contrato y vinculan tanto a los licitadores como al órgano de contratación, por lo que las proposiciones han de presentarse de acuerdo con lo estipulado en los mismos. El PCAP exige que se indica el número de serie de los pianos ofertados, dato que no aporta la recurrente en su oferta, por lo que procede su exclusión del procedimiento de licitación.
DESISTIMIENTO DEL RECURRENTE. Recuso contra la adjudicación de contrato. Desistimiento de la recurrente. Aceptación del desistimiento.
Perdida sobrevenida del objeto del recurso. Presupuesto , Subrogación. Declaración finalizado procedimiento.
COSA JUZGADA: El recurrente, ya excluido, formula REMC contra la adjudicacion motivandolo exclusivamente en argumentos propios de su exclusion que se encuentra recurrida ante el TSJ
Recurre la valoración de criterios evaluables mediante fórmulas del PCAP. Disposición de oficina física sita en el término municipal de Aranjuez. La recurrente por su cuenta y riesgo, suscribió un arrendamiento para la licitación, sin que ello resultase obligado o necesario para obtener la puntuación relativa a la oficina que se menciona en los criterios, lo único que debían haber expresado es si la iban a tener o no, en una declaración responsable firmada. Cuestión que hicieron el resto de licitadores.