Adjudicación

Resolución número 350/2020

Número de Resolución: 
350/2020
Fecha: 
Jueves, 17 Diciembre, 2020

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Inclusión de información en sobre 2 de documentación de criterios sujetos a juicio de valor, que pudiera afectar a uno de los de criterios valorables mediante formulas del sobre 3. Inclusión de información justificada en la cláusula 7 del PCTE relativa a la presentación de ofertas. Criterio antiformalista.  No se ve afectado el secreto de las proposiciones. Información no  relevante en cuanto a la objetividad de la valoración de los criterios sometidos a juicio de valor. Arts. 139, 146 y 157 LCSP.

Resolución número 346/2020

Número de Resolución: 
346/2020
Fecha: 
Jueves, 10 Diciembre, 2020

Terminación del procedimiento de recurso especial contra adjudicación de contrato de suministro, por imposibilidad de continuar la tramitación del recurso por causa sobrevenida, al haberse anulado el procedimiento impugnado por Resolución estimatoria del Tribunal con objeto de un recurso anterior. Desaparece el objeto de impugnación. Arts. 84.2 LPACAP y 56.1 LCSP.

Resolución número 345/2020

Número de Resolución: 
345/2020
Fecha: 
Jueves, 10 Diciembre, 2020

Desestimación de recurso contra un contrato de servicios jurídicos. La recurrente considera que la acreditación de la solvencia de la adjudicataria no es suficiente. Se comprueba y se considera apta. Como segunda cuestión subyace la diferencia entre el motivo de recurso que expresa exclusivamente en el ya mencionado y el desarrollo posterior de otros dos motivos de recurso basados en los criterios sujetos a juicio de valor y su calificación. El Tribunal entiende en base al art. 57.2 LPSC que debe atender a todos los motivos expuestos a lo largo del escrito de REMC.

Resolución número 343/2020

Número de Resolución: 
343/2020
Fecha: 
Jueves, 10 Diciembre, 2020

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. La aceptación de la propuesta de adjudicación prevista en el art. 150.2 LCSP, a los solos efectos de requerir la documentación al licitador que ha presentado la mejor oferta, no equivale a adjudicación. Es la resolución de adjudicación prevista en el art. 151 de la LCSP la que debe ser motivada, notificada y publicada. Baja anormal justificada, informe técnico razonado, discrecionalidad técnica del órgano de contratación para apreciar la viabilidad. Publicidad en el perfil de contratante. Cosa juzgada.   

Resolución número 342/2020

Número de Resolución: 
342/2020
Fecha: 
Jueves, 10 Diciembre, 2020

Desestimación recurso. Impugna la aceptación de las bajas desproporcionadas de las cuatro que le preceden. Levantamiento de la declaración de confidencialidad indiscriminada de determinados extremos no considerados confidenciales por el Tribunal, ante la inactividad del órgano de contratación. La motivación de la aceptación de las bajas debe ser suficiente y adecuada para no generar indefensión a eventuales recurrentes. Siguiendo el orden decreciente de bajas, la primera impugnación es desestimada.

Resolución número 330/2020

Número de Resolución: 
330/2020
Fecha: 
Jueves, 3 Diciembre, 2020

Estimación parcial de recurso contra la exclusión por baja anormal en la adjudicación de lote del contrato de servicios. Falta de concreción en petición de información, justificación de la baja e informe técnico de rechazo de oferta. Rechazo formal por justificación insuficiente, falta motivación reforzada y no se justifica la inviabilidad de la oferta ni se requiere aclaración o documentación complementaria respecto a un supuesto de oferta sin evidencia de desproporción, puesto que solo representa el 3,45% sobre la media de las ofertas presentadas. Artículo 149 LCSP.

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