Sanidad mortuoria
El manejo adecuado de cadáveres humanos y sus restos es una actividad de salud pública imprescindible para evitar la transmisión de enfermedades y el cuidado del medio ambiente
Por ello, la Unidad Técnica de Sanidad Mortuoria tiene como misión el control y seguimiento de la actividad de las empresas funerarias en la Comunidad de Madrid, con el objeto de garantizar que esta actividad se desarrolle con las debidas garantías sanitarias y que se cumpla la legislación vigente.
La intervención de la administración se limita a aquellas actuaciones que lo requieran por motivos sanitarios, garantizando la protección de la salud pública, minimizando las cargas y trámites innecesarios para los ciudadanos y para las empresas, cumpliendo de esta forma el principio de necesidad, eficacia y proporcionalidad.
Preguntas frecuentes
Trámites de sanidad mortuoria
Inscripción
Autorizaciones
- Autorización de traslado de cadáver.
- Autorización de traslado de restos humanos.
- Autorización para la exhumación de cadáver.
- Autorización para la exposición de cadáver en lugar público.
Comunicaciones previas
Listados
Normativa y guías sobre sanidad mortuoria
- Decreto 124/1997, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria (Modificado por el Decreto 9/2020, de 28 de enero).
- Guía de consenso sobre Sanidad Mortuoria aprobada en Comisión de Salud Pública de 24 de julio de 2018.