Tatuaje de una espalda de una chica

Registros de Centros y Cursos de Tatuaje, Micropigmentación y Piercing

Los establecimientos que realizan tatuajes, micropigmentación, perforación cutánea (piercing) u otras prácticas similares de adorno corporal, así como los cursos de formación higiénico sanitaria que deben de superar los aplicadores, están regulados por Decreto

En este Registro deberán estar inscritos, con carácter previo a su funcionamiento, los establecimientos donde, con carácter exclusivo o simultaneado con otras actividades, se realizan estas prácticas (Decreto 35/2005, de 10 de marzo).

El Registro de Establecimientos de Tatuaje, Micropigmentación, Perforación Cutánea (Piercing) u otras prácticas similares de adorno corporal (REAC) considera los siguientes tipos de actividades:

  • Tatuaje.
  • Perforación cutánea (piercing).
  • Micropigmentación.

En cuanto a los aplicadores, además de superar el curso higiénico sanitario correspondiente, deberán de haber completado la vacunación frente a hepatitis B (3 dosis) y al tétanos.

Quedan exentos de realizar estos cursos los licenciados en medicina y diplomados en enfermería, así como los titulados superiores en estética y aquellos que hayan cursado la cualificación profesional de maquillaje integral.

Se reconoce la formación higiénico sanitaria recibida en otras Comunidades Autónomas, siempre que cuente con los mismos créditos y condiciones.

En esta página encontrará información general sobre los requisitos requeridos para los establecimientos de adorno corporal y los cursos de formación, los censos de los centros registrados y cursos de formación, los listados de empresas gestoras y transportistas de residuos, la legislación y la documentación a presentar para la tramitación, con enlaces a las solicitudes telemáticas.

 

Web de Registros Oficiales de Salud Pública