
Registros de Centros y Cursos de Bronceado
Los centros que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas, así como la formación que debe de superar el personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado, están regulados por Decreto
El Decreto 10/2007, de 22 de febrero, del Consejo de Gobierno, regula los centros que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas en la Comunidad de Madrid y la formación del personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado. Este personal debe de superar un curso de formación previamente autorizado por la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, según lo dispuesto en la Orden 800/2007, de 16 de mayo. Esta normativa desarrolla la legislación estatal, en concreto, el Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.
En la declaración tendrá que indicar la relación de aparatos del centro, así como un compromiso de formación adecuado de sus responsables.
La Orden 800/2007 desarrolla el contenido y los requisitos docentes de los cursos de formación del personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas, así como la ficha personalizada de los usuarios de los centros.
Se reconoce la formación recibida en otras Comunidades Autónomas siempre que cuente con los mismos créditos y condiciones.
Esta formación no será exigida en el caso de licenciados en medicina o farmacia, diplomados en fisioterapia y enfermería, así como para técnicos superiores en estética.
Aquí encontrará información general sobre centros de bronceado, empresas registradas, entidades de inspección y control industrial, cursos de formación autorizados, legislación y cómo tramitar las autorizaciones, con enlace a las solicitudes telemáticas.
Sabías que ...
Registro de centros de bronceado
Información general
Con fecha 17 de marzo de 2007 entró en vigor el Decreto 10/2007, de 22 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los centros que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas en la Comunidad de Madrid. Esta normativa desarrolla la legislación estatal, en concreto, el Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.
Asimismo, con fecha 23 de junio, entró en vigor la Orden 800/2007, de 16 de mayo, por la que se regula el contenido y los requisitos docentes de los cursos de formación del personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas y la ficha personalizada de los usuarios de los centros que utilizan dichos aparatos en al Comunidad de Madrid.
En la declaración tendrá que indicar la relación de aparatos del centro, así como un compromiso de formación adecuado de sus responsables.
Centros de bronceado registrados
Los Centros de bronceado artificial notificados, actualizados trimestralmente, son:
- Centros de bronceado que han notificado aparatos que emiten radiaciones ultravioleta. (Actualizado a 6/9/2022).
Tramitación
Para la solicitud o tramitación, utilice el siguiente enlace:
Entidades de Inspección y Control Industrial
Puede acceder al listado de Entidades de Inspección y Control Industrial autorizadas en el campo reglamentario de revisiones Técnicas de Aparatos de Bronceado (Decreto 10/2007), que pueden actuar en la Comunidad de Madrid (EI02-1).
Documentos divulgativos
Para un mayor conocimiento sobre el bronceado artificial con aparatos que emiten radiaciones ultravioletas puede consultar el documento Bronceado artificial. Por tu seguridad, que ofrece información a los usuarios de los centros de bronceado sobre aspectos relacionados con la seguridad, fototipos, tiempos máximos de exposición y precauciones.
Legislación
La legislación aplicable en materia de bronceado con aparatos que emiten radiaciones UVA es la siguiente:
- Decreto 10/2007, de 22 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los centros que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas en la Comunidad de Madrid.
- Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.
- Orden 800/2007, de 16 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula el contenido y los requisitos docentes de los cursos de formación del personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas y la ficha personalizada de los usuarios de los centros que utilizan dichos aparatos en la Comunidad de Madrid.
Autorización de cursos de encargado de aparatos de bronceado
Información general
Con fecha 17 de marzo de 2007 entró en vigor el Decreto 10/2007, de 22 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los centros que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas en la Comunidad de Madrid.
Esta normativa desarrolla la legislación estatal, en concreto, el Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.
Asimismo, con fecha 23 de junio, entró en vigor la Orden 800/2007, de 16 de mayo, por la que se regula el contenido y los requisitos docentes de los cursos de formación del personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado mediante radicaciones ultravioletas y la ficha personalizada de los usuarios de los centros que utilizan dichos aparatos en al Comunidad de Madrid.
Todo el personal que maneje aparatos de bronceado en la Comunidad de Madrid deberá disponer de un nivel de conocimientos y aptitudes suficientes para realizar esta función, debiendo superar un curso de formación autorizado por la Dirección General de Salud Pública, contemplándose la formación recibida en otras Comunidades Autónomas siempre que cuente con los mismos créditos y condiciones.
Esta formación no será exigida en el caso de Licenciados en Medicina o Farmacia, diplomados en Fisioterapia y Enfermería, así como para Técnicos Superiores en Estética.
Cursos de formación autorizados
Los Cursos de Formación Autorizados en la Comunidad de Madrid, actualizados trimestralmente, son:
- Cursos de personal encargado de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioleta. (Actualizado a 6/9/2022).
Tramitación
Para la solicitud o tramitación, utilice el siguiente enlace:
Legislación
La legislación aplicable en materia de bronceado con aparatos que emiten radiaciones UVA es la siguiente:
- Decreto 10/2007, de 22 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los centros que utilizan aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas en la Comunidad de Madrid.
- Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.
- Orden 800/2007, de 16 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula el contenido y los requisitos docentes de los cursos de formación del personal encargado del funcionamiento y vigilancia de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas y la ficha personalizada de los usuarios de los centros que utilizan dichos aparatos en la Comunidad de Madrid.