Resolución número 452/20205
Recurso interpuesto por Asociación Vecinos. Incompetencia del Tribunal. Procedimiento de adjudicación por trámite de emergencia.
Recurso interpuesto por Asociación Vecinos. Incompetencia del Tribunal. Procedimiento de adjudicación por trámite de emergencia.
De conformidad con el artículo 140.4 de la LCSP se debe estar en posesión de la solvencia técnica exigida en los pliegos, a fecha final de presentación de las ofertas no pudiendo acreditarse con trabajos realizados en un periodo posterior. Asimismo la forma de acreditar la solvencia técnica, cuando el destinatario sea un entidad del sector público, será mediante certificados expedidos o visados por el órgano de competente no pudiendo admitirse los contratos o facturas emitidas.
SUBSANACIÓN DE LA SUBSANACIÓN. Desestimación de recurso contra exclusión de licitador a quien ya se le dio trámite de subsanación del DEUC que no se subsanó correctamente. No cabe subsanación de lo ya subsanado. Exclusión conforme a Derecho.
Exclusión de la oferta incursa en valores anormales o desproporcionados. No justificación de la baja anormal. Costes laborales por debajo del convenio colectivo. Beneficio industrial desproporcionado. Discrecionalidad Tecnica. Desestimación
Legitimación sindicato y trabajadores para impugnación de pliegos, sólo reconocida para la defensa de derechos de los trabajadores en el primer caso y no admitida en el segundo. Se desestima la pretensión de anulación de pliegos por modificación de condiciones laborales de los trabajadores ante las condiciones del nuevo servicio.
Pérdida sobrevenida del objeto del contrato . Recurso presentado Asociación representativa de intereses afectados. Recurrente NO licitador. Procedimiento contratación desierto por falta presentación ofertas.
AUSENCIA CAPACIDAD OBRAR. Exclusión ajustada a Derecho pues la recurrente no tiene capacidad obrar, dado que su objeto social no ampara la prestación principal (CPV principal) del contrato.
Criterio de arraigo territorial. Proximidad de la planta de reciclaje de residuos a la planta de recogida. Proporcionalidad del criterio dentro de la puntuacion total. Desestimacion
Recurso contra la desestimación presunta de un recurso anterior que nunca llego al registro de este Tribunal. Solo procede el contencioso administrativo en su caso y en otro caso es extemporáneo. Acto no susceptible de recurso
El recurrente oferta un número de talleres superior al máximo del permitido en el PPT. No procede conceder trámite para aclarar o subsanar la oferta, pues indefectiblemente supondría la modificación de la misma, conculcando los principios de igualdad de trato entre los licitadores.