Desestimatoria

Resolución número 163/2024

Número de Resolución: 
163/2024
Fecha: 
Jueves, 18 Abril, 2024

Confidencialidad, Establecido en el PCAP unos limites y requisitos formales a los proyectos presentados, se solicita el acceso a la oferta del adjudicatario a fin de comprobar el cumplimiento de estos requisitos. Dicha documentación esta declarada confidencial en su practica totalidad, por lo que se deniega el acceso. El recurrente también a declarado como confidencial su documentación en similar extensión. Aplicación del principio de actos propios.

Resolución número 156/2024

Número de Resolución: 
156/2024
Fecha: 
Jueves, 18 Abril, 2024

Se desestima incumplimiento de prescripciones técnicas, pues dándose exclusivamente uno de ellos, en virtud del principio antiformalista, no puede hacerse depender el cumplimiento de un requisito material del de uno formal en la presentación de ofertas en único PDF.

Resolución número 155/2024

Número de Resolución: 
155/2024
Fecha: 
Jueves, 18 Abril, 2024

Ofertas anormales. La justificación de la viabilidad de la oferta debe ser motivada de tal forma que no quede duda alguna de la suficiencia del precio para acometer la ejecución del contrato. Como requisito primero deberá en todo caso cubrir los costes de personal, hecho que no se produce en este caso

Resolución número 152/2024

Número de Resolución: 
152/2024
Fecha: 
Jueves, 11 Abril, 2024

Presupuesto base de licitación. Se recurre por una asociación empresarial el presupuesto base de licitación por ser insuficiente para afrontar las remuneraciones de los trabajadores. El órgano de contratación demuestra que el salario base aportado por la recurrente así como el número de horas de prestación del servicio no están bien calculadas, en consecuencia el PBL es correcto.

Resolución número 150/2024

Número de Resolución: 
150/2024
Fecha: 
Jueves, 11 Abril, 2024

El órgano de contratación da debido cumplimiento al artículo 130 de la LCSP al publicar el personal que puede ser subrogable, información que le ha traslado el actual adjudicatario. El Convenio Colectivo señala la subrogación de determinado personal. La controversia sobre si es aplicable la subrogación de personal en esta licitación, exige interpretar dicho Convenio no siendo competente este Tribunal para ello, sino la jurisdicción social.

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