Resolución número 544/2025
Discrecionalidad técnica. Solicitada una licencia de cciberseguridad especifica, el recurrente presenta otra que no reune las condiciones marcadas en el PPT
Discrecionalidad técnica. Solicitada una licencia de cciberseguridad especifica, el recurrente presenta otra que no reune las condiciones marcadas en el PPT
La exclusión de una oferta por incumplimiento de prescripciones técnicas solo procede cuando tal incumplimiento sea expreso, de tal forma que no albergue duda alguna, que la oferta se opone abiertamente a las prescripciones técnicas contenidas en el PPT:
PRESCRIPCIONES TECNICAS. OFERTA SIMILAR. En el campo de la ciberseguridad el objeto del contrato son nuevas licencias que en union a las ya existentes convivirán, por ello establece un fabricante determinado, que distribuye a multiples empresas. El recurrente presenta un producto de otro fabricante, pero similar. No justifica la compatibilidad del producto. Responsable de determinar si la oferta es equivalente o similar.
NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. Rcurso contra la adjudicación del contrato por utilizar el procedimiento negociado sin publicidad por razones de exclusivudad técnica (artículo 168.a)2º LCSP). Desestimación. Justificación de la exclusividad por la razón de que el medicamento a sumistrar a pacientes ya tratados no es intercambiable por otros aunque tengan el mismo principio activo. Doctrina sobre justificación del uso del procedimiento negocoiado sin publicidad.
Recurso contra la resolucion de adjudicacion por exclusion de la oferta de la recurrente. Su oferta no se ajusta a lo exigido en el PPT. Alega que el PPT exige requisitos que no son exigibles. No habiendo impugnado los pliegos tiene que ajustar su oferta a los mismos. Desestimacion
OFERTAS ANORMALES. Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que la oferta de la adjudicataria incursa en presunción de anormalidad no está justificada. Desestimación. Correcta justificación del informe justificativo del licitador y del órgano de contratación. Doctrina sobre discrecionalidad técnica.
Proposicion de los interesaos. Modificacion de los pliegos de condiciones. Retroaccion de actuaciones. Nuevo plazo de licitación. El recurrente no formula su oferta como se establecen en los pliegos de condiciones, por lo que su oferta no ha sido valorada
Se excluye la oferta de la recurrente del procedimiento de licitación por no cumplir con las prescripciones técnicas exigidas en el pliego. El cumplimiento de las prescripciones técnicas se verifica mediante las fichas técnicas, no siendo suficiente que solo conste tal cumplimiento en la oferta técnica.
LEGITIMACIÓN. COSA JUZGADA. Desestimación de recurso contra la adjudicación de licitador excluido a quien se reconoce legitimación pues la exclusión no es firme, al haber interpuesto recurso contencioso administrativo contra la resolución del Tribunal de desestimación de recurso contra exclusión. A través de la adjudicación se vuelve a impugnar la exclusión, que es cosa juzgada por este Tribunal y que se encuentra sub iudice.
OFERTA TEMERARIA. Desestimación. Pretende adscribir menos personal que el requerido en los pliegos de condiciones, justificándolo en haber desarrollado un modelo de gestión que lo permite. Se excluye la oferta.